RESOLUCIÓN 2221 2014 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

CREACIÓN - UNIDAD DE GESTIÓN DE POLÍTICAS EDUCATIVAS Y RELACIONES INTERCOMUNALES -  SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EDUCATIVAS Y CARRERA DOCENTE- MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DESIGNACIÓN DE TITULAR A CARGO - DANIELA ANA ROSA LISANTI- FUNCIONES

Publicación:

04/06/2014

Sanción:

22/05/2014

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777 y 4.013,

el Decreto N° 660/11 y modificatorios, el Expediente N° 4.093.966-MGEYA-

SSPECD/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que en dicha Ley, se establecen como funciones comunes a todos los Ministros, entre

otras, la de representar política y administrativamente a sus respectivos Ministerios y

resolver todo asunto concerniente al régimen administrativo de sus reparticiones,

ateniéndose a los criterios de gestión que se dictaren, y a adoptar las medidas de

coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el cumplimiento de las

funciones de su competencia;

Que en la Ley de Ministerios se le reconoce al Ministerio de Educación la atribución de

asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus competencias;

Que entre esas competencias, el artículo 20 inciso 4 de dicha Ley hace explícita

referencia a la potestad de planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 660/11 y modificatorios se reglamentó la Ley N° 4.013 y se aprobó

la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la actual administración de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue diseñada

para llevar adelante políticas públicas dinámicas con vistas a producir cambios

significativos en tiempo real;

Que existe una creciente necesidad de integrar la gestión de las diferentes áreas de

gobierno con vistas a producir resultados concretos en el desarrollo del Plan

Estratégico que lleva adelante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el actual abordaje de la educación requiere de múltiples miradas, así como del

trabajo interdisciplinario, y de la solidaridad en la construcción de iniciativas

generadoras de progreso, igualdad, equidad y transparencia en el proceso educativo;

Que en función del Libro II, Título Sexto de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y su reglamentación a través de la Ley N° 1.777, se reconoce la

organización y descentralización del Gobierno en sedes comunales;

Que la descentralización administrativa de distintas áreas de gestión tiene entre sus

principios rectores el de promover la gestión pública participativa;

Que en función de ello, resulta conveniente propiciar la creación de la Unidad de

Gestión de Políticas Educativas y Relaciones Intercomunales, como un área de trabajo

y coordinación multidisciplinaria en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas

Educativas y Carrera Docente;

Que la creación de la Unidad de Gestión dispuesta en el párrafo precedente no genera

mayor erogación presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida

intervención.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Articulo 1°.- Créase la Unidad de Gestión de Políticas Educativas y Relaciones

Intercomunales, en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas Educativas y Carrera

Docente, cuyas funciones se detallan en el Anexo I (IF-2014-04233391-DGCLEI), el

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Desíganse ad honorem, a la Sra. Daniela Ana Rosa Lisanti, D.N.I. N°

17.363.739, como titular a cargo de la Unidad de Gestión de Políticas Educativas y

Relaciones Intercomunales.

Artículo 3°.- Déjase establecido que la Unidad de Gestión creada por el artículo 1°, no

modifica la estructura organizativa del Ministerio de Educación establecida en el

Decreto N° 660/11 y sus modificatorias, ni genera erogación presupuestaria.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

notifíquese a la agente mencionada en el artículo 2° de la presente medida y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese en copia a la Subsecretaría de Políticas

Educativas y Carrera Docente y a las Direcciones Generales de Carrera Docente y de

Recursos Humanos Docentes y No Docentes. Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4410

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Artículo 1 de la Resolución 2235-ME-14, deja sin efecto la Res 2221-ME-14.