RESOLUCIÓN 157 2014 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Síntesis:
APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL NOMENCLADOR GENERAL DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL - PROGRAMA - PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL - CENTROS ANEXOS A LAS ESCUELAS TÉCNICA - AUTORIZA AL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 6 A EJECUTAR LAS ACCIONES DE FORMACIÓN - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Publicación:
13/06/2014
Sanción:
29/04/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
VISTO:
El Expediente N° 3.564.454/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 1932/SED/02 aprueba el Nomenclador General de Acciones de
Formación Profesional que se ofrecen a través del Programa "Proyectos de Formación
Profesional" y de los Centros Anexos a las Escuelas Técnicas;
Que por el Decreto N° 472/10 y la Resolución N° 948/MEGC/11, el Programa
"Proyectos de Formación Profesional" pasó a funcionar bajo la órbita de la Dirección
Operativa de Educación y Trabajo dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica;
Que por el Decreto N° 335/11, la Dirección Operativa de Educación y Trabajo pasó a
denominarse Gerencia Operativa de Educación y Trabajo;
Que, el Equipo Técnico y de Evaluación de la Coordinación del Programa "Proyectos
de Formación Profesional", ha considerado pertinente el pedido de autorización de
dictado de acciones existentes en el NGA realizado por parte del Centro de Formación
Profesional N° 6, produciendo un informe favorable para que las mismas se lleven a
cabo;
Que en orden a lo expuesto, corresponde el ajuste al Nomenclador mediante la
autorización al mencionado Centro para la ejecución de las acciones aprobadas
oportunamente mediante Resolución N° 1932/SED/02;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 1632/MEGC/13,
Artículo 1.- Apruébase la modificación del nomenclador general de acciones,
autorizando al Centro de Formación Profesional N° 6 a ejecutar las acciones de
formación que se consignan en el Anexo (IF-2014- 04594098-DGCLEI), que, a todos
los efectos, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dése intervención a la Coordinación del Programa "Proyectos de
Formación Profesional" para que las acciones aprobadas por el artículo 1 de la
presente, sean supervisadas en su desarrollo curricular y en la certificación de
aprobación que se extienda a los alumnos.
Artículo 3.- Déjase constancia de que lo aprobado en el artículo 1 no lleva implícito el
derecho a percibir aporte gubernamental por parte del Ministerio de Educación.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense
las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión Económica,
Financiera y Administración de Recursos, a la Dirección General de Administración de
Recursos y a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo. Gírese a la Subsecretaría
de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Ravaglia
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4417