LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2001

Síntesis:

ACCESIBILIDAD FÍSICA PARA PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES- APROBACIÓN DE MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN

Publicación:

18/05/2001

Sanción:

29/03/2001

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° - Apruébanse las modificaciones al Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendientes a brindar accesibilidad física para todas las personas con necesidades especiales en las áreas comunes de edificios residenciales y de edificios privados y públicos destinados a otros usos que, como Anexo I, forman parte a todos sus efectos de la presente ley.
Artículo 2° - Publícase y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.Enríquez - Alemany

NOTA: El Anexo I al que se refiere la presente Ley de publicará por Separata el día 22 de mayo de 2001 en el Boletín Oficial N° 1197.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR