LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2001
Síntesis:
ACCESIBILIDAD FÍSICA PARA PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES- APROBACIÓN DE MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN
Publicación:
18/05/2001
Sanción:
29/03/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Apruébanse las modificaciones al Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendientes a brindar accesibilidad física para todas las personas con necesidades especiales en las áreas comunes de edificios residenciales y de edificios privados y públicos destinados a otros usos que, como Anexo I, forman parte a todos sus efectos de la presente ley.
Artículo 2° - Publícase y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.Enríquez - Alemany
NOTA: El Anexo I al que se refiere la presente Ley de publicará por Separata el día 22 de mayo de 2001 en el Boletín Oficial N° 1197.