RESOLUCIÓN 662 2014 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES- RESOLUCIÓN 422-CDNNYA-2006 - CREA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PERMANENTE - TRANSFIERE DIRECCIÓN OPERATIVA DE PROGRAMAS CENTRALIZADOS Y ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL- Y ATENCIÓN JURÍDICA PERMANENTE Y LA DIRECCIÓN OPERATIVA DE INTERVENCIONES ESPECIALES -
Publicación:
10/07/2014
Sanción:
19/06/2014
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 114, la Resolución N° 422/CDNNYA/2006, sus modificatorias y
complementarias, el Expediente Electrónico N° 07.390.135/MGEyA-CDNNyA/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los
derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica,
administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución N° 422/CDNNyA/2006 se aprobó el marco orgánico institucional
así como las dependencias funcionales del Consejo de los Derechos de Niñas Niños y
Adolescentes;
Que la estructura organizacional es imprescindible para la implementación de las
políticas a cargo del Organismo;
Que en tal sentido, debe tener la flexibilidad necesaria para modificarse en pos de los
objetivos que pretende conseguir, evaluando la experiencia de la gestión;
Que en virtud de ello, resulta conveniente la creación dentro de la órbita de la
Presidencia del Consejo, la Dirección General de Servicios de Atención Permanente,
atendiendo a la optimización de las funciones y al alcance de sus objetivos y
responsabilidades, con el fin de lograr un mejor desarrollo de los lineamientos
impuestos por la Ley N° 114 y Ley nacional 26.061;
Que atento las responsabilidades primarias de la Dirección General mencionada, las
competencias, misiones y funciones propias de la Dirección Operativa de Atención
Jurídica Permanente, la Dirección Operativa de Intervenciones Especiales y la
Dirección Operativa de Programas Centralizados y Articulación Interinstitucional
corresponde que las mismas se encuentren bajo la dependencia de la Dirección
General de Servicios de Atención Permanente;
Que en consecuencia, resulta procedente dictar el acto administrativo que crea la
Dirección General de Servicios de Atención Permanente;
Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 y el
Decreto 122/2014,
Artículo 1.- Modificase la estructura organizativa del Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por la Resolución N° 422/CDNNyA/2006, sus
modificatorias y complementarias, de conformidad con lo establecido en la presente
Resolución y en los Anexos I, II, III, IV y V, IF N° 07462129/CDNNyA/2014, que forman
parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Créase en la órbita de la Presidencia del Consejo de Derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes, la Dirección General de Servicios de Atención
Permanente.
Articulo 3.- Transfiérase la Dirección Operativa de Programas Centralizados y
Articulación Interinstitucional desde la órbita de la Vicepresidencia del Consejo de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a la dependencia directa de la Dirección
General de Servicios de Atención Permanente, conservando sus responsabilidades
primarias, estructura, personal y patrimonio.
Articulo 4.- Transfiérase la Dirección Operativa Atención Jurídica Permanente y la
Dirección Operativa de Intervenciones Especiales desde la órbita de la Dirección
General Legal, Técnica y Administrativa del Consejo de Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes a la dependencia directa de la Dirección General de Servicios de
Atención Permanente, conservando sus responsabilidades primarias, estructura,
personal y patrimonio.
Artículo 5.- Manténgase bajo la órbita de la Dirección General Legal Técnica y
Administrativa, la Dirección Operativa de Recursos Humanos, la Dirección Operativa
de Gestión Administrativa y la Dirección Operativa Jurídica y la Subdirección Operativa
de Bienes y Servicios, conservando sus responsabilidades primarias, estructura,
personal y patrimonio.
Articulo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Operativa Jurídica a fin
de comunicar la presente resolución mediante comunicación oficial a todas las áreas
del organismo y pase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos a fin de
comunicar la presente a los interesados, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, y a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes y
Capital Humano del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Tagliaferri
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4434