RESOLUCIÓN 444 2014 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

APRUEBA REGLAMENTO GENERAL - PROCEDIMIENTO DE CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN - SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LOS CARGOS DE DIRECTORES GENERALES - APRUEBA FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN Y SEUDÓNIMO - AGENCIA GUBERNAMETAL DE CONTROL

Publicación:

25/07/2014

Sanción:

23/07/2014

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Estado:

No vigente


VISTO:

LA LEY N° 2624, LA RESOLUCIÓN N° 66/AGC/13 Y MODIFICATORIAS, Y EL

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 08769255-MGEYA-AGC-2014, Y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Ley N° 2.624 se crea la Agencia Gubernamental de

Control (AGC) como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y

Seguridad, ejerciendo el contralor, fiscalización y regulación en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que dentro de las políticas asignadas a la AGC se encuentran, entre otras, las

materias relativas a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los

establecimientos públicos y privados; las habilitaciones de todas aquellas actividades

comprendidas en el Código respectivo que se desarrollan en la Ciudad así como el

otorgamiento de permisos para aquellas actividades llevadas a cabo en dominios de

uso público y privado -con excepción de las actividades desarrolladas en la vía pública

que expresamente controle y fiscalice el Ministerio de Ambiente y Espacio Público-;

como así también las concernientes a las obras civiles públicas y privadas

comprendidas por el Código de la Edificación y que no estén regidas por una ley

especial;

Que por Resolución N° 66/AGC/2013 y modificatorias se aprobó la actual estructura

organizativa de la AGC en cuya órbita se hallan la Dirección General de Higiene y

Seguridad Alimentaria, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, la Dirección

General de Fiscalización y Control, la Dirección General de Fiscalización y Control de

Obras y la Dirección General Legal y Técnica;

Que el artículo 13 de la Ley N° 2.624 dispone que, "El Director Ejecutivo designará a

los Directores Generales a través del procedimiento de concurso público";

Que en tal entendimiento, cabe mencionar que en el marco de dicha competencia y

haciendo uso de las facultades conferidas expresamente por el precitado plexo

normativo, el Director Ejecutivo se encuentra habilitado para designar a los Directores

Generales a través del procedimiento de Concurso Público;

Que en consecuencia, resulta oportuno dictar el Reglamento General del

procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la

selección y designación de los cargos de Directores Generales de la AGC, previendo

los lineamientos y principios a los cuales deberá ajustarse dicho procedimiento,

observando criterios de transparencia, imparcialidad y razonabilidad, de manera tal

que permita comprobar adecuada y eficazmente la idoneidad, habilidad y aptitudes de

los candidatos;

Que asimismo deben aprobarse los Formularios de Inscripción y Seudónimo que los

aspirantes a los cargos deberán completar y presentar en calidad de declaración

jurada de conformidad a lo establecido en dicho Reglamento;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y

Técnica y la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) de esta AGC han tomado la

debida intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 7 inc. c), 12 y 13 de la

Ley N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento General del procedimiento de Concurso Público

Abierto de Antecedentes y Oposición para la selección y designación de los cargos de

Directores Generales de la AGC que como Anexo I (IF-2014-09005100-AGC), forma

parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase el Formulario de Inscripción que deberán completar y

presentar los aspirantes que como Anexo II (IF-2014-09005111-AGC), forma parte

integrante de la presente.

Articulo 3°.- Apruébase el Formulario Seudónimo que deberán presentar los

postulantes que como Anexo III (IF-2014-09005116-AGC), forma parte integrante de la

presente.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC, al

Ministerio de Justicia y Seguridad, Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Jefatura

de Gabinete de Ministros, todos ellos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. Cumplido, remítase a la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) de esta

AGC para la prosecución del trámite y notificación a la Facultad de Ciencias

Económicas de la UBA. Fecho, archívese. Gómez Centurión


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4445

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 174-AGC/23 deroga la Resolución N° 444-AGC/14.</p>
EXCEPTUADA POR
<p>Art. 7 de la Resolución 129-AGC-15, deja  establecido que a los efectos de la presente convocatoria no resulta de aplicación lo dispuesto en el inciso 2 del Art. 12 del Reglamento General del Procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la Selección y Designación de los Cargos de Directores Generales de la AGC, aprobado por Resolución 444- AGC-14.</p>