LEY 866 2002

Síntesis:

ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE INFORMAR  EN TODAS LAS PUBLICACIONES EFECTUADAS POR EL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -  INSCRIPCIÓN AL PIE DE PÁGINA  - CANTIDAD DE EJEMPLARES EDITADOS Y SU COSTO UNITARIO - PODERES - LEGISLATIVO - JUDICIAL - EJECUTIVO  - DOCUMENTOS ESCRITOS - ACCESO A LA INFORMACIÓN SOBRE  EL MANEJO DE LOS FONDOS  PÚBLICOS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

17/09/2002

Sanción:

22/08/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

11/09/2002

Estado:

No vigente


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° Las publicaciones realizadas por el Sector Público de la Ciudad, el cual comprende, la Administración Central (Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial), las comunas, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, organismos de la seguridad social, las empresas y sociedades del estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y las entidades, deberán tener en su pie de imprenta como mínimo la siguiente información: cantidad de ejemplares publicados y su costo unitario.

Artículo 2° Se considera publicación a la información contenida en documentos escritos que haya sido creada u obtenida por los órganos mencionados en el artículo 1° de la presente Ley.

Artículo 3° Comuníquese, etc. Caram - Alemany.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>El artículo 5° de la Ley 6.962 deroga la Ley 866.</p>
PROMULGADA POR