RESOLUCIÓN 421 2014 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN -INVERSIÓN SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE SANTA ROSA DESDE LA CALLE THAMES HASTA LA CALLE JORGE LUIS BORGES DE NO A SE - EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO - PRORROGA LA RESOLUCIÓN 294-SSTRANS-14 -
Publicación:
11/09/2014
Sanción:
04/09/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Resolución N° 294/GCABA/SSTRANS/14; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 294/GCABA/SSTRANS/14 se invirtió, con carácter transitorio
y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su
implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174),
texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, a la calle Santa Rosa
desde la calle Thames hasta la calle Jorge Luis Borges de NO a SE;
Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el
considerando primero, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo
cual aconseja disponer la pertinente prórroga;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,
Artículo 1°.- Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, y hasta tanto la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida, la Resolución N°
294/GCABA/SSTRANS/14.
Artículo 2°.- Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.
Artículo 3°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, remítase a la Dirección
General de Tránsito para su conocimiento y a la Policía Federal Argentina, Policía
Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del
Tránsito y el Transporte, de Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, continúese con
el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich