RESOLUCIÓN 530 1998

Síntesis:

CONVOCATORIA A  AUDIENCIA PÚBLICA  -  AFECTACIÓN DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE AZCUENAGA 158-62 DONDE FUNCIONA  LA IGLESIA DE BALVANERA  Y EL COLEGIO SAN JOSE  - COMOA DISTRITO DE ZONIFICACIÓN ÁREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA  APH - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO 

Publicación:

09/11/1998

Sanción:

22/10/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Artículo 1° - La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convoca a Audiencia Pública a celebrarse en el Recinto de su sede Provisoria, para el día 14 de diciembre de 1998 a las 15 hs., con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes, con relación a la afectación del inmueble sito en la calle Azcuénaga 158/62 de esta ciudad, donde funciona el Colegio San José, a Distrito de Zonificación Area de Protección Histórica - A.P.H.

Art. 2° - La presente convocatoria se dirige a toda persona física o jurídica con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado con la temática objeto de la Audiencia.

Art. 3° - La difusión de la presente convocatoria se efectuará conforme lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 6.

Art. 4° - El plazo de inscripción para participar en la Audiencia indicada en el artículo 1° es desde el 16 de noviembre de 1998 al 7 de diciembre de 1998.

Art. 5° - La Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el organismo de implementación que tiene a su cargo la coordinación de la Audiencia.

Art. 6° - La Audiencia será presidida por el Presidente de la Legislatura, pudiendo designar reemplazantes de conformidad al artículo 12 de la Ley N° 6.

Art. 7° - Deben asistir de manera inexcusable al menos tres (3) miembros de la Comisión de Asesoramiento Permanente de Planeamiento Urbano.

Art. 8° - La presente resolución da inicio al expediente, que podrá ser consultado por los interesados en la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 9° - Los gastos que demande la realización de la Audiencia Pública serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 10 - Comuníquese, etcétera. Olivera - Grillo.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art.1 de la Res. 530-LCABA-98: Convoca audiencia pública tratamiento de LAI - afectación a Distrito APH del Código de Planeamiento Urbano,  de la Iglesia de Balvanera y Colegio San José, </p>