RESOLUCIÓN 589 2014 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO DESIGNACIÓN TRANSITORIA - SUBGERENTE OPERATIVO - ALEJANDRO MARIO DI MARE - DESIGNACIÓN - CLAUDIO ALBERTO AYESTARÁN - SUBGERENCIA OPERATIVA PROYECTOS INSTITUCIONALES - RESCISIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

Publicación:

09/10/2014

Sanción:

02/10/2014

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

LA LEY N° 2.624, LAS RESOLUCIONES N° 34/AGC/14 Y N° 249/AGC/14, EL

EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 13873274/MGEYA/AGC/14, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente Electrónico citado en el VISTO, la Unidad de

Coordinación Administrativa (UCA) de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC)

a través de la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, solicitó dejar sin

efecto a partir del 06 de octubre de 2014 la designación transitoria del Sr. Alejandro

Mario Di Mare (CUIL 20-16485461-3) a cargo de la Subgerencia Operativa Proyectos

Institucionales, dependiente de la Gerencia Operativa Proyectos Especiales de la

Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos, que fuera dispuesta en la Resolución N°

249/AGC/14, reintegrándoselo a su partida presupuestaria de planta permanente;

Que asimismo la UCA solicitó la rescisión a partir del 06 de octubre de 2014 del

contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y el Sr. Claudio Alberto

Ayestarán (CUIL 20-08274895-5), autorizado por la Resolución N° 34/AGC/14, con el

fin de que se lo designe en forma transitoria a cargo de la mencionada Subgerencia

Operativa Proyectos Institucionales a partir del 07 de octubre de 2014;

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la designación transitoria del Sr.

Alejandro Mario Di Mare a cargo la Subgerencia Operativa Proyectos Institucionales y

rescindir el contrato de locación de servicios suscripto entre esta AGC y el Sr. Claudio

Alberto Ayestarán, todo ello a partir del 06 de octubre de 2014, y designar en forma

transitoria a este último a cargo de la mencionada Subgerencia Operativa Proyectos

Institucionales a partir del 07 de octubre de 2014, por reunir las condiciones de

idoneidad requeridas;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y

Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso e) de la Ley

N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Déjase sin efecto la designación transitoria del Sr. Alejandro Mario Di Mare

(CUIL 20-16485461-3) a cargo de la Subgerencia Operativa Proyectos Institucionales,

a partir del 06 de octubre de 2014, reintegrándoselo a su partida presupuestaria de

planta permanente.

Artículo 2.- Rescíndase el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y el

Sr. Claudio Alberto Ayestarán (CUIT 20-08274895-5) a partir de 06 de octubre de

2014.

Artículo 3.- Desígnase en forma transitoria al Sr. Claudio Alberto Ayestarán (CUIT 20-

08274895-5), a cargo de la Subgerencia Operativa Proyectos Institucionales, a partir

del 07 de octubre de 2014.

Artículo 4.- Atiéndase el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida

con los créditos asignados en el presupuesto vigente de la AGC.

Artículo 5.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, al Ministerio de Hacienda y a

todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC, y pase a la Gerencia

Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa, quien

deberá notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESA
<p>Art. 2 de la Res. 589-AGC-14 rescinde el contrato de Ayestarán, autorizado por Res 34-AGC-14</p>
CESA
<p>Art. 1 de la Res 589-AGC-14 deja sin efecto la designación transitoria de Mario Di Mare, efectuada por Art. 8 y Anexo de la Res 249-AGC-14</p>