LEY 251 1999

Síntesis:

INCORPORACIÓN DE FARMACÉUTICOS MATRICULADOS - EN LA LISTA DE PROFESIONALES MATRICULADOS HABILITADOS COMO DIRECTORES TÉCNICOS   - FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS PRIVADAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE DESINFECTACIÓN Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE 

Publicación:

19/11/1999

Sanción:

16/09/1999

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/10/1999

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1° Incorpórase en el Anexo I del Decreto N° 8.151-80, acápite 3.1 de la Ordenanza N°36.352 B.M. N° 16.440, AD 797.1, relativa al funcionamiento de empresas privadas que realizan actividades de desinfectación y desinfección de tanques de agua potable dentro de los profesionales matriculados habilitados como Directores Técnicos, a los Farmacéuticos Matriculados.
Art. 2° Comuníquese, etcétera. Caram - Grillo.

Buenos Aires, 16 de noviembre de 1999.

En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 251 (Expediente N° 63. 194/99), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 16 de septiembre de 1999, ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de octubre de 1999.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Salud, de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, de Gobierno y de Hacienda y Finanzas; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.

Jorge A. S. Barbagelata

Subsecretario

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Ley 251 incorpora a los Farmacéuticos Matriculados en el Anexo I del Decreto 8151-80, acápite 3.1 de la Ordenanza 36.352</p>