LEY 251 1999
Síntesis:
INCORPORACIÓN DE FARMACÉUTICOS MATRICULADOS - EN LA LISTA DE PROFESIONALES MATRICULADOS HABILITADOS COMO DIRECTORES TÉCNICOS - FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS PRIVADAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE DESINFECTACIÓN Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE
Publicación:
19/11/1999
Sanción:
16/09/1999
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
21/10/1999
Estado:
No vigente
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° Incorpórase en el Anexo I del Decreto N° 8.151-80, acápite 3.1 de la Ordenanza N°36.352 B.M. N° 16.440, AD 797.1, relativa al funcionamiento de empresas privadas que realizan actividades de desinfectación y desinfección de tanques de agua potable dentro de los profesionales matriculados habilitados como Directores Técnicos, a los Farmacéuticos Matriculados.
Art. 2° Comuníquese, etcétera. Caram - Grillo.
En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 251 (Expediente N° 63. 194/99), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 16 de septiembre de 1999, ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de octubre de 1999.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Salud, de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, de Gobierno y de Hacienda y Finanzas; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.
Jorge A. S. Barbagelata
Subsecretario