LEY 5075 2014

Síntesis:

ADHIERE A LA CAMPAÑA MUNDIAL DESARROLLANDO CIUDADES RESILIENTES - MI CIUDAD SE ESTÁ PREPARANDO - ESTRATEGIA INTERNACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DE DESASTRES - EIRD - SECRETARÍA DE LA ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS - ONU  -       NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

31/10/2014

Sanción:

18/09/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/10/2014


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Campaña Mundial

"Desarrollando Ciudades Resilientes. ¡Mi ciudad se está preparando!", impulsada

desde mayo de 2010 por la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres

(EIRD), organismo dependiente de la Secretaría de la Organización de Naciones

Unidas (ONU).

Art. 2°.- El Poder Ejecutivo debe llevar a cabo la efectiva instrumentación de las

formalidades necesarias exigidas por la mencionada Campaña.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo debe informar a la Legislatura acerca de los avances

logrados, de acuerdo con los documentos de la mencionada Campaña: "Listado de

Prioridades del Marco de Acción de Hyogo (MAH)", obrante en el Anexo I, y "Listado

de 10 puntos esenciales de la Campaña Desarrollando Ciudades Resilientes", obrante

en el Anexo II.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.075 (E.E. N° 14.239.113/ DGALE/14),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 18 de setiembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 17

de octubre de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4513