DECRETO 442 2014

Síntesis:

SUSTITUCIÓN DE ANEXO I - MODIFICACIÓN DEL DECRETO 422-14 - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

14/11/2014

Sanción:

14/11/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, el Decreto N°

422/14, el Expediente N° 11.927.890-MGEYA-DGTRANSP/14, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 422/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa

de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 660/11 de acuerdo con los Anexos I

(organigrama) y II (responsabilidades primarias y acciones) los que a todos sus

efectos forman parte integrante del mismo;

Que por un error material involuntario, se consignó erróneamente el Anexo I (IF -2014-

14110584-DGTALMJG) correspondiente al Organigrama de la modificación de

estructura establecida por el Decreto N° 422/14;

Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde rectificar el Anexo I (IF -2014-14110584-

DGTALMJG) del Decreto N° 422/14.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I (IF -2014-14110584-DGTALMJG) (Organigrama)

del Decreto N° 422/14, quedando rectificado por el Anexo I (IF-2014-15988468-

MJGGC) (Organigrama), el que a sus efectos forma parte integrante del presente

Decreto.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización

y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General de Capital Humano del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y

demás efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.

MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4523

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 442-14, sustituye el Anexo I (Organigrama) del Decreto 422-14.</p>