LEY 5129 2014
Síntesis:
MODIFICACIÓN LEY 3947 - DELIMITACIÓN SECTOR DE LA CUENCA MATANZA - RIACHUELO - EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - LÍMITES - ÁMBITO GEOGRÁFICO - CALLES - ÁREAS - CUENCA HÍDROGRÁFICA
Publicación:
16/12/2014
Sanción:
30/10/2014
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
27/11/2014
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Sustitúyese el Artículo 2° de la Ley 3947 por el siguiente:
"Artículo 2°.- Delimítase como sector de la Cuenca Matanza-Riachuelo en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires al ámbito geográfico que se describe en los Anexos I y II
que forman parte integrante de la presente Ley."
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Schillagi
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.129 (E.E. N° 16.436.002-MGEYA-DGALE-
2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 30 de octubre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día
27 de noviembre de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4543