DECRETO 493 2014
Síntesis:
SE RATIFICA ADENDA CONTRACTUAL MODIFICATORIA - OBJETO - CONTRATO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO SA - NUEVA ALÍCUOTA SOBRE LA MASA SALARIAL A APLICARSE EN EL CONTRATO
Publicación:
19/12/2014
Sanción:
16/12/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nacionales N° 24.557 y 26.773, sus Decretos reglamentarios, la Ley N° 70,
la Ley de Contabilidad N° 23.354/56 y su Decreto reglamentario N° 5720/PEN/1972,
los Decretos N° 333/11 y 621/12, y el Expediente N° 438.383/11 e incorporados;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado mencionado en el Visto, se propicia el dictado del Decreto
ratificatorio de la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato
interadministrativo suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representado por el señor Ministro de Hacienda, Néstor Osvaldo Grindetti, y
Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A., representada por su presidente
Sergio Adrián Mileo;
Que oportunamente tramitó la contratación de una Aseguradora de Riesgos del
Trabajo para la prestación de la Cobertura de Riesgos del Trabajo del personal del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en atención a ello, se suscribió el contrato interadministrativo entre el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo
S.A., en observancia con lo prescripto por la Ley Nacional N° 24.557, el cual, fue
ratificado mediante Decreto N° 333/11;
Que posteriormente por Decreto N° 621/12 se ratificó la Adenda Contractual
modificatoria del objeto del contrato interadministrativo citado, a fin de incluir en la
cobertura de riesgos de trabajo al personal de la Policía Metropolitana, dependiente
del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley Nacional N° 26.773,
referente al régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la compañía Provincia
Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A. notificó al Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires a través de la Dirección General de Seguros del Ministerio de
Hacienda, la necesidad de establecer una nueva alícuota sobre la masa salarial a
aplicarse en el contrato celebrado;
Que en éste escenario, la citada Dirección efectuó una evaluación técnica exhaustiva
para la construcción de la nueva alícuota, tomando como efecto más significativo del
análisis, la intensidad de los costos producto de las modificaciones establecidas en los
parámetros indemnizatorios definidos en aquel momento por la Ley Nacional N°
26.773;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete en concordancia con lo establecido por la Ley N° 1.218, dictaminando
que no existe inconveniente legal alguno para suscribir el presente Decreto, y en
consecuencia, ratificar la respectiva addenda contractual suscripta con la firma
Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A., en el marco de la Ley de
Contabilidad 23.354 y su Decreto reglamentario N° 5720/PEN/72;
Que en virtud de ello, el Ministro de Hacienda en representación del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribió la adenda contractual modificatoria de la
alícuota del contrato, ad referéndum del suscripto, cuya ratificación se propicia;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas artículos 102 y 104 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos,
Artículo 1°.- Ratifícase la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato
interadministrativo suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representado por el señor Ministro de Hacienda y Provincia Aseguradora de
Riesgos de Trabajo S.A., que como Anexo I (IF-2014-17015832- DGTALMH) forma
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y el
Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y a la Dirección
General de Seguros, ambas del Ministerio de Hacienda, y, en prosecución de su
trámite, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio
de Hacienda, quien deberá proceder a la notificación fehaciente del presente acto
administrativo a Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A., conforme a las
previsiones establecidas en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Grindett - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4546