DECRETO 493 2014

Síntesis:

SE RATIFICA ADENDA CONTRACTUAL MODIFICATORIA - OBJETO -  CONTRATO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO SA -  NUEVA ALÍCUOTA SOBRE LA MASA SALARIAL A APLICARSE EN EL CONTRATO 

Publicación:

19/12/2014

Sanción:

16/12/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nacionales N° 24.557 y 26.773, sus Decretos reglamentarios, la Ley N° 70,

la Ley de Contabilidad N° 23.354/56 y su Decreto reglamentario N° 5720/PEN/1972,

los Decretos N° 333/11 y 621/12, y el Expediente N° 438.383/11 e incorporados;

CONSIDERANDO:

Que por el actuado mencionado en el Visto, se propicia el dictado del Decreto

ratificatorio de la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato

interadministrativo suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, representado por el señor Ministro de Hacienda, Néstor Osvaldo Grindetti, y

Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A., representada por su presidente

Sergio Adrián Mileo;

Que oportunamente tramitó la contratación de una Aseguradora de Riesgos del

Trabajo para la prestación de la Cobertura de Riesgos del Trabajo del personal del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en atención a ello, se suscribió el contrato interadministrativo entre el Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo

S.A., en observancia con lo prescripto por la Ley Nacional N° 24.557, el cual, fue

ratificado mediante Decreto N° 333/11;

Que posteriormente por Decreto N° 621/12 se ratificó la Adenda Contractual

modificatoria del objeto del contrato interadministrativo citado, a fin de incluir en la

cobertura de riesgos de trabajo al personal de la Policía Metropolitana, dependiente

del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley Nacional N° 26.773,

referente al régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los

accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la compañía Provincia

Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A. notificó al Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires a través de la Dirección General de Seguros del Ministerio de

Hacienda, la necesidad de establecer una nueva alícuota sobre la masa salarial a

aplicarse en el contrato celebrado;

Que en éste escenario, la citada Dirección efectuó una evaluación técnica exhaustiva

para la construcción de la nueva alícuota, tomando como efecto más significativo del

análisis, la intensidad de los costos producto de las modificaciones establecidas en los

parámetros indemnizatorios definidos en aquel momento por la Ley Nacional N°

26.773;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete en concordancia con lo establecido por la Ley N° 1.218, dictaminando

que no existe inconveniente legal alguno para suscribir el presente Decreto, y en

consecuencia, ratificar la respectiva addenda contractual suscripta con la firma

Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A., en el marco de la Ley de

Contabilidad 23.354 y su Decreto reglamentario N° 5720/PEN/72;

Que en virtud de ello, el Ministro de Hacienda en representación del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribió la adenda contractual modificatoria de la

alícuota del contrato, ad referéndum del suscripto, cuya ratificación se propicia;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas artículos 102 y 104 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Ratifícase la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato

interadministrativo suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, representado por el señor Ministro de Hacienda y Provincia Aseguradora de

Riesgos de Trabajo S.A., que como Anexo I (IF-2014-17015832- DGTALMH) forma

parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y el

Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y a la Dirección

General de Seguros, ambas del Ministerio de Hacienda, y, en prosecución de su

trámite, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio

de Hacienda, quien deberá proceder a la notificación fehaciente del presente acto

administrativo a Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A., conforme a las

previsiones establecidas en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Grindett - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4546

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 493-14  ratifica la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato interadministrativo oportunamente ratificado por Decreto 333-11.</p>
RATIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 493-14, ratifica la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato interadministrativo suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A.</p>