DECRETO 856 1999

Síntesis:

PROMULGA  LEY   167.

Publicación:

07/05/1999

Sanción:

29/04/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 167, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 25 de marzo de 1999. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría Gestión Acción Social.

El presente decreto, será refrendado por la señora Secretaria de Promoción Social y por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. DE LA RUA - María Cecilia Felgueras - Enrique Mathov (ac).

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PROMULGA