DECRETO 856 1999
Síntesis:
PROMULGA LEY 167.
Publicación:
07/05/1999
Sanción:
29/04/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 167, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 25 de marzo de 1999. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría Gestión Acción Social.
El presente decreto, será refrendado por la señora Secretaria de Promoción Social y por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
DE LA RUA -
María Cecilia Felgueras -
Enrique Mathov
(ac).