LEY 5177 2014

Síntesis:

PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN GENERAL DE VEHÍCULOS - TODOS LOS DÍAS DURANTE LAS VEINTICUATRO 24 HORAS - CALLE 5 DE JULIO ENTRE AV BELGRANO Y VENEZUELA - ARTERIAS PEATONALES - CALLE PEATONAL -    NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

12/01/2015

Sanción:

04/12/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/01/2015


 

TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Prohíbese la circulación general de vehículos todos los días durante las

veinticuatro (24) horas en la calle 5 de Julio entre Av. Belgrano y Venezuela, con las

excepciones y en la forma contempladas en el artículo 6.9.3 del Código de Tránsito y

Transporte.

Art. 2°.- La presente Ley entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

señalamiento ilustrativo correspondiente y el mejoramiento de la iluminación en el

tramo.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

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