RESOLUCIÓN 878 2014 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

INCLUYE TEXTO ORDENADO - CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO - VÍAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA DE CIRCULACIÓN  TRAMOS DE ARTERIAS - PROHIBICIONES - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - CALLE USPALLATA ENTRE MONTEAGUDO Y PEPIRÍ OESTE - JUNTO A ACERA IZQUIERDA - CALLE LOS PATOS ENTRE AVENIDA ALMAFUERTE Y PEPIRÍ - PERMITE ESTACIONAMIENTO - JUNTO A ACERA DERECHA - PERMITE - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - JUNTO A ACERA IZQUIERDA - CALLE LOS PATOS ENTRE PEPIRÍ Y ZAVALETA - PEDRO CHUTRO ENTRE ZAVALETA Y PEPIRÍ

Publicación:

12/01/2015

Sanción:

30/12/2014

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

DGPMOV/2014, Y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la localización del Centro Cívico de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, resulta necesaria la revisión de las normas de circulación de diversas arterias

del barrio de Parque Patricios a los fines de mejorar la seguridad vial, y la fluidez del

tránsito.

Que en atención al volumen del tránsito esperable en él área mencionada en el

considerando anterior, es preciso otorgar sentido único de circulación a la calle Los

Patos desde la Av. Almafuerte hasta la calle Monasterio de Oeste a Este, y a la calle

Dr. Prof. Pedro Chutro desde Monasterio hasta Pepirí de Este a Oeste.

Que, en el mismo sentido, deviene en beneficio de la circulación implementar la

prohibición general de estacionamiento de vehículos, los días hábiles en el horario de

7 a 21 horas, en la calle Uspallata entre la calle Monteagudo y la calle Pepirí Oeste.

Que, asimismo, se torna imprescindible la prohibición general de estacionamiento de

vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera izquierda de la calle Los Patos entre

la Av. Almafuerte y la calle Pepirí, otorgándose al mismo tiempo, la permisión de

estacionamiento general de vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera derecha,

a 45°, en el mismo tramo de arteria.

Que, también, es ineludible otorgar la permisión de estacionamiento general de

vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera izquierda de la calle Los Patos entre

la calle Pepirí y la calle Zavaleta, así como también, en la calle Dr. Prof. Pedro Chutro

entre la calle Zavaleta y la calle Pepirí.

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y evaluativo por el término de

noventa (90) días corridos, a partir de su vigencia, las disposiciones del Decreto N°

10.407/47 (B.M.N° 8174), texto ordenado de las vías con sentido único de circulación,

asignándose mano única de circulación a los siguientes tramos de arterias en la forma

que se indica:

LOS PATOS, desde la Av. Almafuerte hasta la calle Monasterio de Oeste a Este;

DR. PROF. PEDRO CHUTRO, desde la calle Monasterio hasta la calle Pepirí de Este

a Oeste.

Artículo 2°.- Prohíbase con carácter experimental y evaluativo, por el término de

noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de

vehículos, los días hábiles en el horario de 7 a 21 horas, en la calle Uspallata entre la

calle Monteagudo y la calle Pepirí Oeste.

Artículo 3°.- Prohíbase con carácter experimental y evaluativo, por el término de

noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de

vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera izquierda de la calle Los Patos entre

la Av. Almafuerte y la calle Pepirí, permitiéndose el estacionamiento general de

vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera derecha, a 45°, en el mismo tramo de

arteria.

Artículo 4°.- Permítase con carácter experimental y evaluativo, por el término de

noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de

vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera izquierda de la calle Los Patos entre

la calle Pepirí y la calle Zavaleta, así como también, en la calle Dr. Prof. Pedro Chutro

entre la calle Zavaleta y la calle Pepirí.

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

y pase para su conocimiento a la Subsecretaria de Transporte. Luego, gírese a la

Dirección General de Planificación de la Movilidad quien comunicará a la Policía

Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de

Limpieza, de Seguridad Vial, del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y

Transporte, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art.1 de la Disp. 16-DGTRANS-15: Autoriza provisoriamente a las líneas de colectivos, 91, 118 y 150 a modificar sus recorridos a partir de la entrada en vigencia de los sentidos únicos de circulación asignados por Res. 878-SSTRAS-14</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 84-SSTRANS-15, prorroga por el término de 90 días corridos, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida, la Resolución 878-SSTRANS-14.</p>
MODIFICA
<p>Resolución 878-SSTRANS-14 en su art. 1 incluye con carácter experimental y evaluativo término noventa días corridos, a partir de su vigencia las disposiciones del Decreto 10407-47  texto ordenado de las vías con sentido único de circulación</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 21 de la Ley 5406 deja sin efecto la Resolución 878-SSTRANS-2014.</p>