LEY 5212 2014
Síntesis:
ESTABLECE - INSTITUCIONES INSCRIPTAS EN REGISTRO ÚNICO DE INSTITUCIONES DEPORTIVAS - RUID - CEDIDO EN MÁS DE DOS OPORTUNIDADES ANUALES - ESPACIO DE REUNIÓN A SU CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL - DISTINCIÓN DE CLUB PARTICIPATIVO - FOMENTO Y PROMOCIÓN DE CLUBES DE BARRIO - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
28/01/2015
Sanción:
11/12/2014
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/01/2015
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
Artículo 1°.- Todas las instituciones inscriptas en el Registro Único de Instituciones
Deportivas (R.U.I.D.), creado por la Ley 1807 de Fomento y Promoción de Clubes de
Barrio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hayan cedido en más de dos
oportunidades anuales, un espacio de reunión a su respectivo Consejo Consultivo
Comunal, recibirán ese mismo año la distinción de "Club participativo" por parte de
esta Legislatura.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 23 de enero de 2015
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.212 (Expediente Electrónico N°
18.523.809/MGEYA-DGALE/14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 11 de diciembre de 2014 ha quedado
automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2015.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Desarrollo Económico y a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana. Cumplido, archívese. Clusellas