RESOLUCIÓN 40 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
PRORROGA - TÉRMINO NOVENTA DÍAS CORRIDOS - RESOLUCIÓN 432-SSTRANS-14 - ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A DIVERSOS TRAMOS DE ARTERIAS - CIRCULACIÓN
Publicación:
03/02/2015
Sanción:
28/01/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Resolución N° 432/GCABA/SSTRANS/14; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 432/GCABA/SSTRANS/14 se asignó sentido único de
circulación a los siguientes tramos de arterias: Juez de Estrada, desde la calle
Mariscal Ramón Castilla hasta la calle Tagle, de SO a SE; Sevilla, desde la calle Juez
de Estrada hasta la calle Juez Tedín, de SO a NE; Juan Fernández Mora, desde la
calle Juez de Estrada hasta la calle Juez Tedín, de SO a NE; Ortíz de Ocampo, desde
Av. Pte. Figueroa Alcorta hasta la calle Juez Tedín de SO a NE; Juez Tedín, desde la
calle Ortíz de Ocampo hasta la calle San Martín de Tours de SE a NO; San Martín de
Tours, desde la calle Juez Tedín hasta la Av. Pte. Figueroa Alcorta de NE a SO; así
como también, se reasignó doble sentido de circulación a la calle Martín Coronado,
desde la calle San Martín de Tours hasta la calle Jerónimo Salguero.
Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el
considerando primero, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo
cual aconseja disponer la pertinente prórroga;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),
Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, y hasta tanto la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida, la Resolución N°
432/GCABA/SSTRANS/14.-
Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.-
Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA. Luego, gírese a la Dirección General de Planificación de
la Movilidad quien comunicará la copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos, y a las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, de Seguridad
Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido,
continúese con el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich