ACORDADA ELECTORAL 3 2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
HACE SABER EL TOTAL DE ELECTORES REGISTRADOS EN EL PADRÓN PROVISORIO - DISTRITO ELECTORAL CIUDAD DE BUENOS AIRES - ELECTORES POR COMUNAS - PORCENTAJES NECESARIOS - ADHESIONES - POSTULANTES - PRECANDIDATURAS DE COMUNEROS - ELECTORES EXTRANJEROS - INSCRIPTOS - ELECCIONES JUNTAS COMUNALES - CONSULTAS AL PADRÓN - TACHAS Y ENMIENDAS - 15 DE FEBRERO DE 2015 - APLICATIVOS INFORMÁTICOS - ELECCIONES 2015 - CANTIDAD DE ELECTORES
Publicación:
05/02/2015
Sanción:
04/02/2015
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de febrero de 2015, se
reúnen en acuerdo el señor Presidente, José Osvaldo CASÁS, el señor juez Luis
Francisco LOZANO y las señoras juezas Ana María CONDE, Alicia E. C. RUIZ e Inés
M. WEINBERG; y
CONSIDERAN:
1. El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1 remitió las listas
provisionales de electores nacionales del distrito electoral, con cierre de novedades al
día 6 de enero de 2015, en dos soportes informáticos, uno en formato ASCII con
planilla de diseño de registro y el otro en formato consulta. Remitió también el listado
con el total de inscriptos: 2.542.040 detallando la cantidad de electores por sección y
circuito, de acuerdo con lo requerido por el Tribunal a fs. 2 (fs. 180/184).
La Secretaría de Asuntos Originarios ha informado que el total de electores extranjeros
-con cierre de novedades a la misma fecha- es de 14.333, indicando su distribución
por comuna (fs. 77). Se detalló luego el número total de electores: 2.556.373
distribuidos de la siguiente manera, Comuna 1: 182.187; Comuna 2: 147.483; Comuna
3: 165.624: Comuna 4: 179.057; Comuna 5: 158.610; Comuna 6: 160.710; Comuna 7:
174.698; Comuna 8: 138.612; Comuna 9: 147.310; Comuna 10: 149.409; Comuna 11:
172.248; Comuna 12: 185.093; Comuna 13: 218.072; Comuna 14: 210.771 y Comuna
15: 166.492 (fs. 186).
2. El artículo 11 del anexo I de la ley 4894 establece que las precandidaturas a
Miembros de las Juntas Comunales deben obtener adhesiones de un número de
electores/as no inferior al dos por mil (2) del total de los/as inscriptos/as en el padrón
general de la comuna para la que se postulan, hasta el máximo de doscientos (200)
electores/as, de los cuales al menos el diez por ciento (10%) deberán ser afiliados/as
al partido político o a alguna de las agrupaciones políticas que integren la alianza o
confederación.
En virtud de que el 2 por mil de los electores de todas las comunas supera el número
máximo establecido en el mencionado artículo, corresponde establecer que la cantidad
de adhesiones que deben obtener las agrupaciones políticas para postular listas de
precandidatos a Miembros de Juntas Comunales será de doscientos (200) electores
inscriptos en el padrón de la comuna por la cual se postulen.
3. El artículo 15 del anexo I de la ley n° 4894 establece que los padrones provisorios
se confeccionan únicamente en soporte informático y se entregan en dicho formato a
las agrupaciones políticas intervinientes, al menos ochenta (80) días corridos antes de
las elecciones primarias.
Corresponde entonces, hacer saber a las agrupaciones políticas que a partir del día 5
de febrero del corriente, en la Mesa de Entradas Electoral del Tribunal se entregará un
aplicativo de consulta del padrón provisorio en disco óptico (DVD) al apoderado de
cada partido. En el supuesto de que requieran más de uno deberán solicitarlo por
escrito.
4. Además, en cumplimiento de lo establecido en el citado artículo 15, corresponde
habilitar la consulta del padrón provisorio en el sitio web del Tribunal
www.tsjbaires.gov.ar y en el sitio de electoral www.eleccionesciudad.gob.ar; y remitir
copia en soporte informático (formato ASCII con planilla de diseño de registro) a la
Dirección General Electoral para que facilite la consulta del electorado a través de su
sitio web en internet y en otros medios masivos que considere pertinentes. Con ese
mismo objetivo es conveniente remitir un aplicativo de consulta en disco óptico DVD a
la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y a las 15 Juntas Comunales.
5. Por otra parte debe comunicarse al electorado que durante los diez días corridos
posteriores, es decir hasta el 15 de febrero de 2015, podrán efectuarse tachas y
enmiendas solicitadas por quienes tengan interés legítimo. Para ello, los electores
nacionales deberán dirigirse al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal
n° 1 de la Capital Federal (Secretaría Electoral, sita en Tucumán 1320, Subsuelo) de
lunes a viernes en el horario de 7:30 a 16, y los extranjeros, deben concurrir a este
Tribunal de lunes a viernes en el horario de 9 a 16.
Por ello, de conformidad en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los jueces del Tribunal
Superior de Justicia
1. Hacer saber que el total de electores registrados en el padrón provisorio es de
2.556.373 distribuidos de la siguiente manera: Comuna 1: 182.187; Comuna 2:
147.483; Comuna 3: 165.624: Comuna 4: 179.057; Comuna 5: 158.610; Comuna 6:
160.710; Comuna 7: 174.698; Comuna 8: 138.612; Comuna 9: 147.310; Comuna 10:
149.409; Comuna 11: 172.248; Comuna 12: 185.093; Comuna 13: 218.072; Comuna
14: 210.771 y Comuna 15: 166.492.
2. Establecer que la cantidad de adhesiones que deben obtener las agrupaciones
políticas para postular listas de precandidatos a Miembros de Juntas Comunales será
de doscientos (200) electores inscriptos en el padrón de la comuna por la cual se
postulen, de los cuales al menos el diez por ciento (10%) deberán ser afiliados/as al
partido político o a alguna de las agrupaciones políticas que integren la alianza o
confederación
3. Hacer saber a las agrupaciones políticas que a partir del día 5 de febrero del
corriente se entregará en la Mesa de Entradas Electoral del Tribunal un aplicativo de
consulta en disco óptico (DVD) del padrón provisorio al apoderado de cada partido. En
el supuesto de que requieran más de uno deberán solicitarlo por escrito.
4 Habilitar la consulta del padrón provisorio a partir del 5 de febrero del corriente en el
sitio web del Tribunal www.tsjbaires.gov.ar y en el sitio de electoral
www.eleccionesciudad.gob.ar.
5. Remitir copia del padrón provisorio en soporte informático (formato ASCII con
planilla de diseño de registro) a la Dirección General Electoral para que facilite la
consulta del electorado a través de su sitio web en internet y en otros medios masivos
que considere pertinentes.
6. Remitir aplicativo de consulta de dicho padrón en disco óptico DVD a la Defensoría
del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y a las 15 Juntas Comunales.
7. Hacer saber que durante los diez días corridos posteriores, es decir hasta el 15 de
febrero de 2015, se podrán efectuar tachas y enmiendas de partes con interés
legítimo. Para ello, los electores nacionales deberán dirigirse al Juzgado Nacional en
lo Criminal y Correccional Federal n° 1 de la Capital Federal (Secretaría Electoral, sita
en Tucumán 1320, Subsuelo) de lunes a viernes en el horario de 7:30 a 16, y los
extranjeros, concurrir a este Tribunal de lunes a viernes en el horario de 9 a 16.
8. Mandar se registre y se publique en el Boletín Oficial y en el sitio web institucional
del Tribunal. Casás - Conde - Ruiz - Lozano - Weinberg