RESOLUCIÓN 53 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
PROHIBE CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO EL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS EN TREINTA Y TRES ORIENTALES ENTRE AV. RIVADAVIA Y AV. HIPÓLITO YRIGOYEN
Publicación:
12/02/2015
Sanción:
09/02/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO
la Ley N° 2148, el Decreto N° 498/08; y
CONSIDERANDO:
Que, la necesidad de arbitrar medidas para mejorar la seguridad vial, y la fluidez del
tránsito, torna preciso implementar normas que optimicen el funcionamiento de las
vías de circulación.
Que con motivo del tendido de la red de carriles exclusivos para bicicletas que irán
abarcando toda la ciudad, se hace preciso reformular la distribución de espacios de
estacionamiento en la vía pública prohibiendo el mismo en arterias que por su
geometría no puedan albergar la ciclovía y el estacionamiento simultáneamente;
Que la calle Treinta y Tres Orientales en este escenario ofrece un ancho acotado para
dar adecuado servicio a la importante demanda circulatoria que se presenta
diariamente.
Que, con el objeto de mejorar las condiciones del tránsito, se hace necesario prohibir
el estacionamiento general de vehículos junto a la acera derecha, durante las 24
horas, en la calle Treinta y Tres Orientales, entre la Av. Rivadavia y la Av. Hipólito
Yrigoyen.
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de
noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de
vehículos, durante las 24 horas, junto a la acera derecha en la calle Treinta y Tres
Orientales, entre la Av. Rivadavia y la Av. Hipólito Yrigoyen.
Artículo 2°.- La presente norma requerirá la readecuación del señalamiento
correspondiente, el que será proyectado por la Dirección General de Planificación de
la Movilidad y ejecutado por la Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y
remítase a la Dirección General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento
y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de
Tránsito y Transporte, del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte y
de Seguridad Vial. Cumplido pase a las áreas técnicas para la supervisión de la
instalación del pertinente señalamiento vertical. Dietrich