RESOLUCIÓN 67 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ASIGNA SENTIDO CIRCULATORIO A TRAMO  AV CERVIÑO ENTRE LA AV COLOMBIA HASTA LA CALLE FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO - MANO ÚNICA - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO Y DETENCIÓN GENERAL DE VEHÍCULOS - AV CERVIÑO ENTRE  AV COLOMBIA   Y CALLE J F KENNEDY - PERMITE ESTACIONAMIENTO - ACERA IZQUIERDA TRAMOS - PARALELO AL CORDÓN EN AV CERVIÑO ENTRE  CALLES - J F KENNEDY Y  FRAY JUSTO SANTA MARÍA DE ORO

Publicación:

13/02/2015

Sanción:

10/02/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

el Expediente N° 2374376/2011; EX-2013-05156029-MGEYA-DGTRANSI y

CONSIDERANDO:

Que la necesidad de arbitrar las medidas para mejorar la seguridad vial, la circulación

y la fluidez de tránsito, hace preciso implementar normas que ordenen la movilidad

vehicular sobre la Av. Cerviño entre la Av. Colombia y la calle Fray Justo Santa Maria

de Oro;

Que estudiada la cuadricula circulatoria se observó que el sentido único del tramo bajo

estudio de la arteria, agilizará la circulación de la misma;

Que atento a ello, se considera viable la implementación del sentido único circulatorio

para la Av. Cerviño desde Av. Colombia hasta la calle Fray Justo Santa Maria de Oro

de SE a NO;

Que resulta conveniente permitir el estacionamiento general de vehículos, todos los

días las 24 hs junto la acera izquierda en el mismo tramo de arteria.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Incorpórese con carácter transitorio y experimental, por el término de 90

días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del

Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido

único de circulación, el sentido circulatorio a la Av. Cerviño entre la Av. Colombia hasta

la calle Fray Justo Santa Maria de Oro de SE a NO.

Articulo 2° - Prohíbase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90

días corridos, a partir de la fecha de implementación, el estacionamiento y detención

general de vehículos, todos los días durante las 24 hs. junto la acera derecha de la Av.

Cerviño entre la Av. Colombia y la calle J. F. Kennedy.

Artículo 3° - Permítase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90

días corridos, a partir de la fecha de implementación, el estacionamiento general de

vehículos, todos los días las 24 hs. junto a la acera izquierda en los siguientes tramos

de arteria: paralelo al cordón en Av. Cerviño entre la calle J. F. Kennedy y la calle Fray

Justo Santa María de Oro; y a 45° en la Av. Cerviño entre la Av. Colombia y la calle J.

F. Kennedy.

Artículo 4° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento vertical que proyectará la Dirección General de Planificación

de la Movilidad y ejecutará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la cual será

fijada por la correspondiente disposición.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA. Luego, pase a la Dirección General de Planificación de la

Movilidad quien girará copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y

Organismos de Control, y comunicará a la Policía Federal Argentina, Policía

Metropolitana y a las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, del Cuerpo de

Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido

continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 649-SSTRANS-15, prorroga por el término de noventa  días corridos la Resolución 67-SSTRANS-15.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 67-SSTRANS-15: Incorpora  en forma transitoria, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407-47, el sentido circulatorio a la Av. Cerviño entre la Av. Colombia hasta la calle Fray Justo Santa Maria de Oro.</p>