RESOLUCIÓN 1071 1998 SECRETARIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - PERMITECON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y A TÍTULO EVALUATIVO  - POR CIENTO OCHENTA -  180 -  DÍAS  -  EL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS -  ACERA DERECHA - CALLES BÁEZ -  ENTRE CHENAUT Y CLAY -  ARÉVALO ENTRE HUERGO Y ARCE  -  A. ARGIBEL ENTRE BAÉZ Y ARCE

Publicación:

11/03/1999

Sanción:

27/11/1998

Organismo:

SECRETARIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS


isto el Registro N° 2.753-DGV-98, relacionado con la implementación de estacionamiento a 45° junto a la acera derecha en las calles Báez, entre Chenaut y Clay; Arévalo, entre Huergo y Arce y A. Argibel, entre Báez y Arce, y el estacionamiento paralelo al cordón, junto a la acera izquierda, en los mismos tramos de arteria y en la calle Clay entre Baéz y Huergo, exclusivamente entre las 20.00 y las 06.00 hs., y

CONSIDERANDO:

Que la implementación de estas modalidades contribuirá a cubrir la gran demanda de estacionamiento que se verifica en la zona;

Que la adopción de tal temperamento no altera la circulación de la cuadrícula y favorece la calidad de vida de los vecinos de la zona;

Que la modalidad de estacionamiento a aplicar se adecua a los requerimientos de la Asociación Vecinal del Barrio Las Cañitas y forma parte de una serie de iniciativas llevadas adelante por la entidad dirigidas a fomentar el bien común;

Que dicha medida se implementará en forma experimental, y que, de acuerdo a posteriores evaluaciones y de considerarse correcta, se dará oportuna intervención a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su aprobación definitiva;

Por ello, y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Vialidad,

EL SECRETARIO DE PRODUCCION Y SERVICIOS
RESUELVE:


Artículo 1° - Permitir con carácter experimental y a título evaluativo, por el término de ciento ochenta (180) días, el estacionamiento general de vehículos a 45° junto a la acera derecha, en las calles Báez, entre Chenaut y Clay; Arévalo entre Huergo y Arce y A. Argibel entre Baéz y Arce.

Art. 2° - Permitir, en las mismas condiciones el estacionamiento paralelo al cordón, junto a la acera izquierda, en los mismos tramos de arteria y en la calle Clay entre Baéz y Huergo, exclusivamente entre las 20.00 y las 06.00 horas.

Art. 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Art. 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a las Direcciones Generales de Obras Públicas y de Gestión de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Vialidad. Cumplido, archívese.


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Res. 697- SOYSPTYT-99 Deroga la Res. 1071 SPyS- 98
MODIFICADA POR
Res. 241-SPYS-98 amplía alcances de la Res. 1071-SPYS-98
MODIFICADA POR
Res. 639-SPYS-98 amplía alcances de la Res. 1071-SPYS-98