RESOLUCIÓN 100 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
PROHIBE CIRCULACIÓN GENERAL DE VEHÍCULOS - CARÁCTER EXPERIMENTAL - TÉRMINO 90 DÍAS CORRIDOS - ARTERIAS - PADRE MIGONE ENTRE CALABRIA Y AVENIDA TRISTÁN ACHÁVAL RODRÍGUEZ - TRISTÁN ACHÁVAL RODRÍGUEZ ENTRE AZUCENA VILLAFLOR NORTE Y PADRE MIGONE - AZUCENA VILLAFLOR SUR ENTRE CALABRIA Y TRISTÁN ACHÁVAL RODRÍGUEZ - AZUCENA VILLAFLOR NORTE ENTRE AVENIDA DE LOS ITALIANOS Y HERNÁN M. GIRALT - MACACHA GÜEMES ENTRE AVENIDA DE LOS ITALIANOS Y HERNÁN GIRALTAV - HERNAN M. GIRALT ENTRE MARIQUITA SÁNCHEZ DE THOMPSON Y AZUCENA VILLAFLOR - NORTE
Publicación:
25/02/2015
Sanción:
20/02/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
el EX-03104458- -MGEYA-DGPMOV -2015 y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente, la Dirección General de Inspección de Uso del
Espacio Público solicita el cierre vehicular un sector de la Costanera Sur, los días
sábados, domingos y feriados de 08.00 a 22.00 hs.;
Que la ordenamiento propicia la generación de un espacio seguro y adecuado para
recibir la gran cantidad de ciudadanos que se acercan a la zona en días feriados y
fines de semana.
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008,
Artículo 1° - Prohíbese la circulación general de vehículos con carácter experimental
por el término de 90 días corridos a partir de su implementación, los días sábados,
domingos y feriados, de 08:00 a 22:00 hs, en los siguientes tramos de arterias:
Padre M.L Migone entre la calle Calabria y la Av. Dr. Tristán Achával Rodríguez.
Av. Dr. Tristán Achával Rodríguez entre las calles Azucena Villaflor (Norte) y Padre M.
L. Migone.
Azucena Villaflor (Sur) entre la calle Calabria y la Av. Dr. Tristán Achával Rodríguez.
Azucena Villaflor (Norte) entre la Av. de los Italianos y Av. Int. Hernán M. Giralt.
Macacha Güemes entre la Av. de los Italianos y Av. Int. Hernán M. Giralt
Av. Int. Hernan M. Giralt entre las calles Mariquita Sánchez de Thompson y Azucena
Villaflor (Norte)
Articulo 2° El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse
por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles
paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación.
Artículo 3°.- Los cortes deberán estar claramente señalizados mediante vallas con
materiales reflectivos que permitan su visibilidad durante toda la jornada.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de
Planificación de la Movilidad para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal
Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes
de Control del Transito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y de Seguridad Vial.
Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del
Tránsito, dependiente de la Dirección General de Planificación de la Movilidad en
prosecución del trámite. Dietrich