RESOLUCIÓN 1093 2015 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
FIJA EL PRECIO DE VENTA MINORISTA DEL LIBRO EDIFICIOS REPRESENTATIVOS DE BUENOS AIRES - MARCO CONCEPTUAL Y CRITERIOS DE VALORACIÓN - COSTOS - DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO E INSTITUTO HISTÓRICO - EJEMPLARES PARA VENTA - CORTESÍA ESCUELAS - BIBLIOTECAS
Publicación:
06/03/2015
Sanción:
09/02/2015
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
VISTO:
el Expediente N° 1.993.077/2015 y la Disposición 80-DGCG-2009, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Patrimonio e Instituto
Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de
Patrimonio Cultural de este Ministerio, quien ha publicado mil (1000) ejemplares del
libro "EDIFICIOS REPRESENTATIVOS DE BUENOS AIRES. MARCO CONCEPTUAL
Y CRITERIOS DE VALORACION", solicita la autorización para destinar QUINIENTOS
(500) ejemplares a la venta, a un valor de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150.-) cada
uno, y destinar los restantes QUINIENTOS (500) ejemplares para distribuir en forma
de cortesía entre escuelas, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten;
Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que
está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de
dichos productos, la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico de la Ciudad
de Buenos Aires, requiere se fije el precio de venta minorista;
Por ello, y de conformidad con lo establecido en la Disposición N° 80-DGCG-2012, la
Ordenanza N° 25702 y 25752 y la Ley N° 4013 (B.O.C.B.A. N° 3807)
Art. 1°.-Fíjase, el precio de venta minorista del libro "Edificios representativos de
Buenos Aires. Marco conceptual y criterios de valoración", de QUINIENTOS (500)
ejemplares, en PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00.-).
Art. 2°.- Establécese la cantidad de QUINIENTOS (500) ejemplares para regalo de
cortesía, para escuelas, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.
Art.3°.- Comuníquese a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico de la
Ciudad de Buenos Aires, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho remítase al Área de Fiscalización de la
Dirección General de Contaduría. Cumplido archívese. Lombardi