RESOLUCIÓN 145 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

 CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN -  INVIERTE  SENTIDO CIRCULATORIO TRAMOS DE CALLES - CONCORDIA ENTRE LA AV. GRAL. SAN MARTÍN Y COLECTORA DE AV. GRAL PAZ  - EMILIO LAMARCA ENTRE COLECTORA DE AV. GRAL. PAZ Y LA CALLE GRIVEO  - CALLES - MANO ÚNICA - ARTERIAS - PERMISOS DE ESTACIONAMIENTO - ACERA IZQUIERDA   -  CALLE EMILIO LAMARCA ENTRE LAS CALLES J. L. CABEZÓN Y GRIVEO

Publicación:

18/03/2015

Sanción:

13/03/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

el Expediente N° 4133672-2015-MGEYA-DGPMOV, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente, surge de una reunión interdisciplinaria, la

necesidad de cambiar el sentido único de circulación a dos tramos de calles,

localizadas en el Barrio de Villa Devoto, ya que son arterias comunicantes con los

nuevos diseños de puentes que cruzan la Av. Gral. Paz;

Que la medida en cuestión, mejora sustancialmente la fluidez circulatoria, en la zona

de influencia, de dichos puentes;

Que se contempla la demanda de estacionamiento junto al cordón de la acera

izquierda.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Articulo 1° - Inviértase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arterias:

Concordia entre la Av. Gral. San Martín y colectora de Av. Gral Paz de SE a NO.

Emilio Lamarca entre colectora de Av. Gral. Paz y la calle Griveo de NO a SE.

Artículo 3° - Permításe, con carácter transitorio, por el término de 90 días a partir de su

señalización, el estacionamiento junto al cordón de la acera izquierda, en la calle

Emilio Lamarca entre las calles J. L. Cabezón y Griveo.

Articulo 4° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórico) que proyectará la

Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de

Planificación de la Movilidad para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal

Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes

de Control del Transito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y de Seguridad Vial.

Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del

Tránsito, dependiente de la Dirección General de Planificación de la Movilidad para su

implementación. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 575-SSTRANS-15, prorroga por el término de novenata dias corridos la Resolución 145-SSTRANS-2015.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 145-SSTRANS-15, invierte el sentido de circulación de tramos diversos tramos de arterias, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las disposiciones del Decreto Ordenanza 10407-47, texto ordenado referido a las calles son sentido único de circulación. </p>