DISPOSICIÓN 28 2015 DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD Y DE LA OFERTA - ENTUR
Síntesis:
CONVOCATORIA - RELEVAMIENTO DE PERMISIONARIOS - FERIA DE ARTISTAS PLÁSTICOS DE CAMINITO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - REQUISITOS - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - PASEO CAMINITO
Publicación:
20/03/2015
Sanción:
17/03/2015
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD Y DE LA OFERTA - ENTUR
VISTO:
Las Leyes N° 2.627 y 4.685; los Decretos N° 11035/1960, 7711/1982, 520/1987,
692/1990, 831/1997, 871/2001, 1632/05 y las Resoluciones N° 129-SSTUR-2002, 54-
SSTUR-2005, 68-SSTUR-2006, 234-SSTUR-2007
CONSIDERANDO:
Que el paseo denominado "Caminito", ubicado en el Barrio de La Boca, tiene una
historia prolongada, acompañada de distintos instrumentos normativos que procuraron
regular las actividades artísticas allí desarrolladas, consideradas como parte del
circuito turístico de una de las áreas más emblemáticas de la Ciudad de Buenos Aires.
Que el Decreto N° 11035/1960 estableció el Museo de Bellas Artes al aire libre
denominado "Caminito", haciéndolo depender de la Secretaría de Cultura y Acción
Social de la entonces Dirección del Museo de Artes Plásticas "Eduardo Sívori".
Que el Decreto N° 7711/1982 transfirió a la Dirección General de Turismo las
competencias antes referidas.
Que el Decreto N° 520/1987 autorizó a la Dirección General de Turismo, la instalación
de Ferias de Interés Turístico, entre las que menciona al Pasaje Caminito dentro del
rubro Artes Plásticas y Gráficas.
Que El Decreto N° 692/1990 declaró como zonas de interés turístico, entre otras, a la
correspondiente al sector costero de La Boca, en el égido comprendido entre las calles
Vuelta de Rocha y Necochea y por ésta hasta la calle Brandsen, incluyendo en
consecuencia al Pasaje Caminito.
Que el Decreto N° 831/1997 crea la Unidad de Permisos Especiales (UPE) de Ferias,
que aprueba un sistema de Convenios de Permiso de Uso Precario y otorgamiento de
Credenciales, motivando el Decreto N° 871/2001, la Resolución N° 129-SSTUR-2002,
y la Resolución N° 54-SSTUR-2005.
Que el Decreto N° 1632/05 transfirió las competencias de las UPE a la Dirección
General de Promoción Cultural y le acordó a la Subsecretaría de Turismo el carácter
de autoridad de aplicación y control de la normativa vigente, para el funcionamiento de
la Feria Caminito.
Que la Resolución N° 68-SSTUR-2006 convocó a un relevamiento de los
permisionarios, a constituir un nuevo registro de los mismos, todo ello con el objetivo
de regularizar la feria y ponerla en valor.
Que la Ley N° 2627 transfirió las competencias, facultades y responsabilidades de la
Subsecretaría de Turismo dependiente del Ministerio de Cultura y Turismo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ente de Turismo creado por la misma.
Que la Resolución N° 234-SSTUR-2007 aprobó el reglamento para el desarrollo y
funcionamiento de la Feria Caminito.
Que sin perjuicio de que las últimas resoluciones pronunciadas por la entonces
Subsecretaría de Turismo tuvieron por objeto normalizar la situación de los permisos
existentes en la zona, el concurso de antecedentes para la renovación y el concurso
público para los casos en que se generaren vacantes previstos en el año 2008, estos
no fueron realizados.
Que el último relevamiento efectuado al mes de diciembre de 2013, da cuenta de que
sobre los 55 espacios sobre los que se podían asignar permisos, y respecto de los
cuales se habían acordado 52, varios de ellos se encuentran vacantes por deceso o
abandono de quienes gozaban tales autorizaciones.
Que lo expresado implica la necesidad de regularizar la situación, sin afectar las tareas
desarrolladas por quienes habiendo sido permisionarios y visto prorrogados sus títulos
en virtud de la Resolución N° 234-SSTUR-07, carecen hoy de una adecuación de sus
títulos por circunstancias que les resultan ajenas; pero estableciendo quiénes cumplen
con los recaudos normativos para eventualmente extender sus autorizaciones y en
simultáneo, clarificar qué espacios se encuentran disponibles y proceder a convocar a
nuevos artistas que puedan ocupar los mismos.
Por ello, conforme las facultades emergentes de la Ley 2.627;
Artículo 1°.- Convocase a un relevamiento de los permisionarios de la Feria de Artistas
Plásticos de Caminito, integrados en el anexo II de la Resolución N° 234-SSTUR-
2007, quienes deberán presentarse indefectiblemente, por ante esta Autoridad de
Aplicación, a través de Mesa de Entradas del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, sito en Balcarce 360 Piso 1° al frente, de lunes a viernes, en el
horario de 10:00 a 17:00 hs, hasta el día 30 de Abril inclusive.
Artículo 2°.- Los mencionados permisionarios a los que hace referencia el artículo 1°
de la presente Disposición, deberán acreditar su identidad, permisos y antecedentes
en el plazo establecido. A dicho fin deberán acompañar:
1) Formulario de inscripción, según Anexo I, DI-2015-4352197-DGDYCOF, que un
todo forma parte de la presente Disposición.
2) Original y Copia del Documento Nacional de Identidad;
3) Curriculum Vitae;
4) Original y Copia del permiso habilitante que hubiese sido expedido con anterioridad.
Artículo 3°.- La falta de presentación de los permisionarios al vencimiento del término
indicado, será considerado como un desistimiento a la renovación del permiso
oportunamente otorgado, perdiendo la posibilidad de presentarse al Concurso Público
de antecedentes, conforme lo previsto en el artículo 4° de la presente Disposición,
considerándose vacante el mismo. Asimismo, la sola presentación del pedido de
inscripción implica la total aceptación de las Disposiciones y demás normas que
reglamenten el procedimiento, no admitiéndose posteriores planteos ni reclamos de
ninguna naturaleza, ya sea en relación a su contenido, interpretación o ejecución.
Artículo 4°.- Cumplido el plazo de presentación, la Dirección General de Desarrollo y
Competitividad de la Oferta procederá a convocar a concurso de antecedentes a los
fines de la evaluación de los permisionarios actuales y a un concurso público a fin de
cubrir las vacantes que pudieran haberse generado.
Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese a los permisionarios y publíquese. Cumplido,
archívese. Karavaitis
ANEXOS