RESOLUCIÓN 432 2015 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
AMPLIA LOS TÉRMINOS - ACTA PARITARIA 27-11 DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - INCLUYENDO A LILIANA ALEJANDRA FERREYRA - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - GASTOS EN PERSONAL - CARRERA MUNICIPAL DE PROFESIONALES DE ACCIÓN SOCIAL
Publicación:
08/04/2015
Sanción:
01/04/2015
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO:
El Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación Colectiva, de fecha 25 de noviembre de
2011 y el Expediente Electrónico N° 5.257.528/MGEYA/SSFFYC/2014 y
CONSIDERANDO:
Que por Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación Colectiva, de fecha 25 de noviembre
de 2011, celebrada entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires,
(SUTECBA), se amplió la nomina de profesiones habilitadas para integrar la Carrera
Municipal de Profesionales de Acción Social, conforme lo prescripto por Acta N°
6/2006, que fuera instrumentada por Resolución N° 388/SDS-SHYF/2006;
Que según surge de los presentes actuados, la Licenciada Liliana Alejandra Ferreyra,
CUIL. 27-26084437-2, peticiona su inclusión en los términos del Acta que nos ocupa;
Que asimismo, es de hacer notar que la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal del precitado Ministerio, presta conformidad a lo peticionado;
Que la Dirección General Planeamiento de Carreras, de la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha tomado debida
intervención en lo que respecta a su competencia;
Que por lo expuesto resulta necesario, dictar el acto administrativo, accediendo a lo
requerido
Por ello, uso de las facultades conferidas en la Ley N° 4013 y sus modificatorias,
Artículo 1° - Amplíanse los términos del Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación
Colectiva, incluyendo a la agente Liliana Alejandra Ferreyra, CUIL. 27-26084437-2,
Licenciada en Trabajo Social, debiendo continuar revistando en la partida
4517.0500.D.A.01.0000, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y
Comunitario, del Ministerio de Desarrollo Social, deja partida 4517.0500.P.A.01.0000,
de la precitada Subsecretaría.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
anterior, encuentra imputación en el Inciso 1 "Gastos en Personal" en la repartición en
la que revista presupuestariamente la agente involucrada.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar
y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Social y a la Gerencia Operativa Proyectos
de Normas, dependiente de la Dirección General Cumplido, archívese. Stanley -
Ibarra