RESOLUCIÓN 356 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
TRÁNSITO - PROHIBICIÓN GENERAL DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS LAS 24 HORAS JUNTO AL CORDÓN DE LA ACERA IZQUIERDA EN UN TRAMO DE LA CALLE FRANCISCO ACUÑA DE FIGUEROA ENTRE SOLER Y CÓRDOBA
Publicación:
18/05/2015
Sanción:
13/05/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO
la Resolución N° 31/SSTRANS/2010,
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución N° 31/SSTRANS/2010 (B.O.C.B.A N° 3377) se
permitió el estacionamiento General de vehículos las 24 horas, junto al cordón de la
acera izquierda según el sentido de circulación, en la calle Francisco Acuña de
Figueroa, entre la calle Soler y la avenida Córdoba;
Que con motivo del tendido de la red de carriles exclusivos para bicicletas que irán
abarcando toda la ciudad, se hace preciso reformular la distribución de espacios de
estacionamiento en la vía pública prohibiendo el mismo en arterias que por su
geometría no puedan albergar la ciclovía y el estacionamiento simultáneamente;
Que la calle Francisco Acuña de Figueroa, entre la calle Soler y la avenida Córdoba,
en este escenario ofrece un ancho acotado para dar adecuado servicio a la importante
demanda circulatoria que se presenta diariamente;
Que, con el objeto de mejorar las condiciones del tránsito, se hace necesario restituir
la prohibición general de estacionamiento de vehículos las 24 hs. junto al cordón de la
acera izquierda en el tramo de la calle Francisco Acuña de Figueroa, entre la calle
Soler y la avenida Córdoba.
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Restitúyase la prohibición general de estacionamiento de vehículos las 24
horas junto al cordón de la acera izquierda en el tramo de la calle Francisco Acuña de
Figueroa, entre la calle Soler y la avenida Córdoba.
Artículo 2°.- La presente norma requerirá la readecuación del señalamiento
correspondiente, el que será proyectado por la Dirección General de Planificación de
la Movilidad y ejecutado por la Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y
remítase a la Dirección General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento
y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de
Tránsito y Transporte, del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte y
de Seguridad Vial. Cumplido pase a las áreas técnicas para la supervisión de la
instalación del pertinente señalamiento vertical. Dietrich