RESOLUCIÓN 287 2015 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
PRORROGA - VIGENCIA RÉGIMEN RETIRO VOLUNTARIO - TRABAJADORES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
19/05/2015
Sanción:
14/05/2015
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
Los Decretos Nros. 139/GCBA/12 y 427/GCBA/13, las Resoluciones Nros.
101/MMGC/12, 118/MMGC/13, 210/ MMGC/14 y 949/MMGC/14, el Expediente EX-
2015-08553841-MGEYA-DGALP, y
CONSIDERANDO
Que por Decreto N° 139/GCBA/12 se creó un régimen de retiro voluntario para
aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que reunieran las
condiciones previstas en el artículo 2° del citado cuerpo normativo, modificado por el
artículo 1° del Decreto N° 427/GCBA/13;
Que habiéndose efectuado una evaluación de las necesidades operativas de esta
Administración, resulta conveniente prorrogar la vigencia de dicho régimen prevista en
el artículo 1° de la Resolución N° 949/MMGC/14, hasta el 30 de septiembre de 2015;
Que previo al otorgamiento del aludido Retiro Voluntario, deberá intervenir la Dirección
General de Capital Humano, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos de
este Ministerio, a los efectos de evaluar la conveniencia de la concesión o no del
mencionado retiro, en atención a las necesidades operativas de la repartición donde
labora el agente adherente;
Que en merito a lo establecido en el artículo 3° del Decreto N° 139/GCABA/12, resulta
pertinente mantener la exclusión del retiro voluntario al personal comprendido en el
artículo 2° de la Resolución N° 118/MMGC/13, por considerarse plantas críticas;
Que son de aplicación las normas previstas en las en las Resoluciones Nros.
210/MMGC/14, 101/MMGC/12, 118/MMGC/13 y 949/MMGC/14, en todo lo que no
contradiga a lo dispuesto en el presente acto administrativo;
Que tal decisión se adopta en virtud de lo contemplado en el artículo 17 del Decreto N°
139/GCBA/12 que faculta a este Ministerio a "...dictar las normas reglamentarias para
su efectiva vigencia, las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que
fueran necesarias para su aplicación en cada ámbito de la Administración", y el
artículo 18 de dicho Decreto que permite evaluar "...el ámbito, oportunidad y
conveniencia de su aplicación a determinadas plantas de personal que considerara
críticas, o que puedan afectar el normal funcionamiento de algún organismo, pudiendo
rechazar la solicitud de adhesión al presente régimen, cuando existan razones de
servicio o causales de naturaleza disciplinaria u otras que hagan aconsejable adoptar
tal temperamento".
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 139/GCBA/12,
Artículo 1°.- Prorrogar la vigencia del régimen del retiro voluntario creado por el
Decreto N° 139/GCBA/12 modificado por su similar N° 427/GCBA/13, prevista en el
artículo 1° de la Resolución N° 949/MMGC/2014, hasta el 30 de septiembre de 2015.
Artículo 2°.- Previo al otorgamiento del Retiro Voluntario creado por el Decreto N°
139/GCBA/12 modificado por su similar N° 427/GCBA/13, deberá intervenir la
Dirección General de Capital Humano, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos de este Ministerio, a los efectos de evaluar la conveniencia o no de la
concesión de dicho retiro, en mérito a las necesidades operativas de la repartición
donde labora el agente adherente, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del
citado Decreto N° 139/GCBA/12.
Artículo 3°.- Quedan excluidas las plantas de personal previstas en el artículo 2° de la
Resolución N° 118/MMGC/13.
Artículo 4°.- Son de aplicación las normas establecidas en la Resoluciones Nros.
101/MMGC/12, 118/MMGC/13, 210/MMGC/14 y 949/MMGC/14, en todo lo que no
contradiga a lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos
pase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Ibarra