RESOLUCIÓN 373 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ASIGNA SENTIDO CIRCULATORIO A CALLE VEDIA - DE NE A SO - DESDE AV. DEL LIBERTADOR HASTA CALLE 11 DE SEPTIEMBRE - MANO ÚNICA - ARTERIAS - TRÁNSITO - PERMISOS DE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS JUNTO AL CORDÓN DE LA ACERA IZQUIERDA - DURANTE LAS 24 HS
Publicación:
19/05/2015
Sanción:
15/05/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO
la Ley N° 2148, el Decreto N° 498/08; y
CONSIDERANDO:
Que la presente medida tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los habitantes
de la Ciudad, surgiendo la necesidad de otorgar sentido único de circulación a la calle
Vedia, de NE a SO, desde la avenida Del Libertador hasta la calle 11 de Septiembre,
facilitando el estacionamiento general de vehículos, durante las 24 horas, junto al
cordón de la acera izquierda;
Que la medida en cuestión, mejora sustancialmente la seguridad y fluidez circulatoria,
en el tramo de arteria indicado en el considerando anterior;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926);
Articulo 1° - Inclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria:
Vedia, de NE a SO, desde la avenida Del Libertador hasta la calle 11 de Septiembre.
Articulo 2° - Permításe el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la
acera izquierda, durante las 24 horas, en la calle Vedia, desde la avenida Del
Libertador hasta la calle 11 de Septiembre.
Artículo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral, el cual será proyectado por la Gerencia Operativa de
Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito, y ejecutará la Dirección General de
Tránsito y Transporte.
Articulo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de
Planificación de la Movilidad para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal
Argentina, Policía Metropolitana, y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes
de Control del Transito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y de Seguridad Vial.
Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del
Tránsito, dependiente de la Dirección General de Planificación de la Movilidad para su
implementación. Dietrich