RESOLUCIÓN 628 2015 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 4-15 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - SUSCRIPTA 13 DE ABRIL 2015 - COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA - COPICA - REGIMEN ESCALAFONARIO DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA - LINEAMIENTOS GENERALES DEL RELEVAMIENTO DE PUESTOS - PERMANENTE O TRANSITORIO - RESPONSABLES AUTORIDADES SUPERIORES - DIRECCIÓN GENERAL - MINISTERIO DE SALUD - HOSPITALES UNIDAD FUNCIONAL - LICENCIAS EXTRAORDINARIAS - ENTRE GOBIERNO DE LA CIUDAD Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - MINISTERIO DE HACIENDA
Publicación:
26/05/2015
Sanción:
20/05/2015
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 471, los Decretos Nros 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva
N° 04/15, el Expediente 2015-06211095-MGEYA-DGTALMH y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 13 de abril de 2015, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°
04/15 -Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que, luego de analizar la propuesta de la Comisión Permanente de Interpretación de
la Carrera Administrativa (COPICA), las partes dieron por aprobado el texto completo
de la misma, elaborada por la citada Comisión Técnica el 6 de abril de 2015,
estableciendo los lineamientos generales del relevamiento de puestos;
Que, asimismo, acordaron remitir copia certificada al Ministerio de Modernización para
que elabore el acto administrativo que reglamente el relevamiento de puestos;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos
arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la
misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;
Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 04/15;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 04/15 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el 13 de abril de 2015 entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (IF 2015-10029309-DGTALMH) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido,
archívese. Grindetti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4644