RESOLUCIÓN 631 2015 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 3-15 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO - SUTECBA - ACTA PARITARIA - REENCASILLAMIENTO DE AGENTES - CAMBIO DE CATEGORÍA - PERSONAL DEL GOBIERNO
Publicación:
26/05/2015
Sanción:
20/05/2015
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 471, los Decretos Nros 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva
N° 03/15, el Expediente 2015-06211026-MGEYA-DGTALMH y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 13 de abril de 2015, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°
03/15 -Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que, luego de analizar la propuesta de la Comisión Permanente de Interpretación de
la Carrera Administrativa (COPICA), las partes dieron por aprobado los textos
completos de la misma, reencasillando a partir del 1 de abril de 2015 a los agentes de
la planta permanente que figuran en el anexo, en su respectivo agrupamiento, tramo y
nivel;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos
arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la
misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;
Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 03/15;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 03/15 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el 13 de abril de 2015 entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (IF 2015-10265349-DGTALMH) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido,
archívese. Grindetti
ANEXOS