RESOLUCIÓN 167 2015 SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

Síntesis:

PRORROGA PLAZO - RESOLUCIÓN 112-SECPLAN-15 - PROCEDIMIENTO LEY 3999 - CONSTITUCIÓN DE ESTADOS PARCELARIOS - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

Publicación:

28/05/2015

Sanción:

21/05/2015

Organismo:

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO


VISTO:

Las Leyes Nros. 26.209 y 3999, la Resolución N° 43-SECPLAN-2015, la Resolución N°

112-SECPLAN-2015 y

CONSIDERANDO:

Que el Catastro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el registro del estado de

hecho de los datos correspondientes a objetos territoriales y registros públicos de los

datos concernientes a objetos territoriales legales de derecho público y privado de su

jurisdicción;

Que mediante Resolución N° 43-SECPLAN-2015, en cumplimiento de lo establecido

en las Leyes Nros. 26.209 y 3999, se estableció que el procedimiento de Constitución

de Estado Parcelario se aplicará inicialmente, a todas aquellas parcelas que no se

encuentren sometidas al Régimen de la Ley de Propiedad Horizontal;

Que en la citada Resolución se dispuso que desde el 2 de febrero hasta el 31 de

marzo del corriente, dicho procedimiento funcionará a modo de prueba y de

cumplimiento voluntario, el trámite de Constitución de Estado Parcelario;

Que el artículo 3° de la Resolución N° 43-SECPLAN-2015, establece que el trámite

"Constitución de Estado Parcelario" será cumplimiento obligatorio a partir del 1° de

abril de 2015;

Que por Resolución N° 112-SECPLAN-2015; fue prorrogado el plazo establecido en el

artículo 3° de la Resolución N° 43-SECPLAN-2015;

Que resulta necesario prorrogar el plazo otorgado por la Resolución N° 112-

SECPLAN-2015, a los fines de lograr eficiencia en la aplicación del procedimiento de

Constitución de Estado Parcelario.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 1° de la Resolución N° 112-

SECPLAN-2015, hasta tanto se dicte la Resolución que reglamente el procedimiento

establecido en la Ley N° 3999, a aplicar en la constitución de los estados parcelarios.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Colegio Público de Escribanos de la Capital Federal, al Colegio

Público de Abogados de la Capital Federal, al Consejo Profesional de Agrimensura, al

Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal, Consejo Profesional de

Ingeniería Civil. Lostri

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 167-SECPLAN-15, prorroga plazo establecido en el artículo 1 de la Resolución 112-SECPLAN-2015.-</p>