RESOLUCIÓN 62 2015 SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DE GESTIÓN
Síntesis:
INVIERTE SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE TRAMOS DE ARTERIAS - CALLE VEDIA ENTRE AV SAN ISIDRO LABRADOR Y CONESA DE NE A SO - PARTIDO DE VICENTE LÓPEZ - PERMISO DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS
Publicación:
02/06/2015
Sanción:
28/05/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DE GESTIÓN
VISTO:
la Ley N° 2148, el Decreto N° 498/08; y
CONSIDERANDO:
Que el denominado Metrobus Norte a implementar a lo largo de las Avenidas Cabildo
y Maipú (Partido de Vicente Lopez) tiene por finalidad mejorar la calidad de vida de los
habitantes de la ciudad y del Área Metropolitana de Buenos Aires, confiriendo prioridad
a la circulación y operación del autotransporte masivo de pasajeros;
Que atento lo expuesto y teniendo en cuenta la geometría de la calle Vedia, en el
tramo comprendido por la Av. San Isidro Labrador y la calle Conesa, resulta necesario
invertir el sentido circulatorio actual, reordenando el flujo circulatorio que llega a la
Avenida Cabildo;
Que la propuesta mejorará la circulación de la cuadrícula referida, conformando al
mismo tiempo una alternativa para el tránsito local, en esta área del barrio de
Saavedra, tomando la proximidad de la colectora de la Av. General Paz a los efectos
de tomar la Av. Cabildo;
Que del mismo modo, corresponde invertir el sentido circulatorio de la calle Juan
Zufriategui entre la Avenida Maipú (Pdo. de Vicente Lopez) y la calle Suipacha (Pdo.
de Vicente Lopez), con el objeto de mejorar la seguridad y la fluidez del tránsito en su
intersección con la mencionada avenida;
Que asimismo resulta necesario otorgarle sentido único de circulación al tramo de la
calle Conesa entre las calles Pico y Vedia de SE a NO, además de autorizar el
estacionamiento junto al cordón de la acera izquierda en el mismo sector;
Que mediante Resolución N° 443-MJGGC-2015 se encomendó la firma del señor
Subsecretario de Transporte Licenciado Guillermo Dietrich al Subsecretario de
Planeamiento y Control de Gestión Licenciado Franco Moccia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Inviértase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90
días corridos, a partir de la fecha de su implementación, de las disposiciones del
Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido
único de circulación, a los siguientes tramos de arterias: Vedia, entre la Av. San Isidro
Labrador y la calle Conesa, de NE a SO. Juan Zufriategui, entre la Av. Maipú (Pdo. de
Vicente Lopez) y la calle Suipacha (Pdo. de Vicente Lopez), de SO a NE
Articulo 2° - Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria: Conesa de SE
a NO entre las calles Pico y Vedia.
Artículo 3° - Permításe, con carácter transitorio, por el término de 90 días a partir de su
señalización, el estacionamiento junto al cordón de la acera izquierda, en la calle
Conesa de SE a NO entre las calles Pico y Vedia.
Artículo 4° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento vertical que proyectará la Dirección General de Planificación
de la Movilidad y ejecutará la Gerencia Operativa de Señalamiento Vial, y una vez
realizada la modificación de la señalización semafórica existente por parte de la
Gerencia Operativa de Señalización Luminosa, dependientes de la Dirección General
de Tránsito y Transporte.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte
y remítase a la Dirección General de Planificación de la Movilidad para su
conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a
las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, del Cuerpo de Agentes de Control
del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido continúese con el trámite
aludido en el artículo anterior. Moccia