RESOLUCIÓN 711 2015 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
AMPLÍA TÉRMINOS DEL ACTA PARITARIA 27-11 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA - INCLUYENDO A MARÍA PAULA RUSTICANO - GASTOS EN PERSONAL - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Publicación:
11/06/2015
Sanción:
05/06/2015
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO:
El Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación Colectiva, instrumentada por Resolución N°
388/SDS-
SHYF/2006, y el Expediente Electrónico N°
5258233/MGEYA/SSFFYC/2014, y
CONSIDERANDO:
Que por Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación Colectiva, de fecha 25 de noviembre
de 2011, celebrada entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires,
(SUTECBA), se amplió la nomina de profesiones habilitadas para integrar la Carrera
Municipal de Profesionales de Acción Social, conforme lo prescripto por Acta N°
6/2006, que fuera instrumentada por Resolución N° 388/SDS-SHYF/2006;
Que según surge de los presentes actuados, la Licenciada María Paula Rusticano,
CUIL. 23-26470088-4, peticiona su inclusión en los términos del Acta que nos ocupa;
Que asimismo, es de hacer notar que la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal del Ministerio de Desarrollo Social, presta conformidad a lo peticionado;
Que la Dirección General Planeamiento de Carreras, de la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha tomado debida
intervención en lo que respecta a su competencia;
Que por lo expuesto resulta necesario, dictar el acto administrativo, accediendo a lo
requerido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4013, y sus modificatorias,
Artículo 1.- Amplianse los términos del Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación
Colectiva, incluyendo a la agente María Paula Rusticano, CUIL. 23-26470088-4,
Licenciada en Sociología, debiendo continuar
revistando en la partida
4517.0500.D.A.01.0270.219, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y
Comunitario, del Ministerio de Desarrollo Social, deja partida
4517.0500.P.A.01.0270.219, de la precitada Subsecretaría.
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
anterior, encuentra imputación en el Inciso 1 "Gastos en Personal" en la repartición en
la que revista presupuestariamente la agente involucrada.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Fortalecimiento Familiar
y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Social y a la Gerencia Operativa Proyectos
de Normas, de la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales dependiente de
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Stanley -
Ibarra