RESOLUCIÓN 404 2015 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - FUNCIONES - RESPONSABILIDADES - DESIGNACIÓN - SUBDIRECTORA DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICAS SOCIODEMOGRÁFICAS - MARIELA COLOMBINI - DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS SOCIODEMOGRÁFICAS - MARÍA EUGENIA LAGO - PRIVITERA SIXTO MALVINA SOLEDAD - JEFE DE DEPARTAMENTO COORDINACIÓN TÉCNICA Y LOGÍSTICA DE LA DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS - PLATZER EMILIO - JEFE DE DEPARTAMENTO PROYECTOS ESPECIALES - MARÍA TERESA ARRIOLA - JEFE DE DEPARTAMENTO PROCESAMIENTO Y PRODUCCIÓN DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA - HÉCTOR CRISSI - JEFE DE DIVISIÓN ADMINISTRACIÓN Y RENDICIÓN DE FONDOS -DEPARTAMENTO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO - ALUSTIZA NOEMÍ ESTE - JEFE DE DIVISIÓN CONTROL Y ASISTENCIA DE RECURSOS HUMANOS - DEPARTAMENTO PERSONAL - IRALOUR ROXANA BEATRIZ - JEFE DE DIVISIÓN ESTUDIO Y ANÁLISIS DE CONVENIOS Y NORMATIVAS - DEPARTAMENTO TÉCNICO LEGAL - DIRECCIÓN LEGAL TÉCNICA Y DE ASUNTOS LABORALES - SGUARIO ALEJANDRO - JEFE DE DIVISIÓN OFICIOS Y NOTIFICACIONES - GORLERO IVONNE - JEFE DE DIVISIÓN OPERATIVOS DE PGB - DEPARTAMENTO OPERATIVOS ECONÓMICOS
Publicación:
24/06/2015
Sanción:
18/06/2015
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
LAS LEYES N° 471 Y 2603 Y SUS REGLAMENTACIONES, LA RESOLUCIÓN N°
500/AGIP/2008 Y SUS MODIFICATORIAS, LA RESOLUCIÓN N° 105/AGIP/2013 Y
SUS MODIFICATORIAS, Y EL EXPEDIENTE N° 17221476/DGESYC/2015, Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental a establecer la estructura
de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la
Estructura Orgánico Funcional de la mencionada Administración;
Que mediante Resolución N° 105/AGIP/2013 y su modificatoria, Resolución
911/AGIP/2013, se aprobó la estructura orgánico funcional de la Dirección General de
Estadística y Censos;
Que siendo la estructura organizativa una herramienta funcional para la debida
implementación de las políticas públicas, debe tener la flexibilidad necesaria para
permitir su reordenamiento en procura de alcanzar los objetivos propuestos;
Que por razones de índole operativo y funcional hacen necesario modificar
nuevamente la estructura orgánica funcional de la Dirección General de Estadística y
Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a fin
de readecuar los procedimientos que le son propios en concordancia con los objetivos
principales de la gestión;
Que a tal efecto procede la creación de nuevos niveles de conducción, como asimismo
la adecuación de funciones en los distintos niveles jerárquicos dentro de la estructura
de la Dirección General de Estadística y Censos.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 8, 10, 11 y 14 de la Ley
2603,
Artículo 1.- Modifíquese la estructura orgánico funcional de la Dirección General de
Estadística y Censos de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, cuyo
organigrama se acompaña como Anexo I que a todos sus efectos forma parte
integrante de la misma.
Artículo 2.- Modifíquese la estructura orgánico funcional de la Dirección Legal Técnica
y de Asuntos Laborales, dependiente de la Dirección General de Estadística y Censos,
cuyo organigrama se acompaña como Anexo I a) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la misma.
Artículo 3.- Modifíquese la estructura orgánico funcional de la Dirección de
Administración dependiente de la Dirección General de Estadística y Censos cuyo
organigrama se acompaña como Anexo I b) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la misma.
Artículo 4°.- Créase el Departamento Procesamiento y Producción de Información
Estadística dependiente de la Dirección General de Estadística y Censos.
Artículo 5.- Suprímase el Departamento Infracciones al Sistema Estadístico de la
Ciudad dependiente de la Dirección Legal Técnica y de Asuntos Laborales.
Artículo 6.- Apruébense la readecuación de los objetivos, responsabilidades primarias
y funciones de la Dirección General de Estadística y Censos, que se acompaña como
Anexo II que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 7.- Desígnese a partir del día de la fecha al personal en el modo y forma que
se detalla en el Anexo III que se acompaña y que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente.
Artículo 8.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos.
Cumplido, archívese. Walter
ANEXOS