RESOLUCIÓN 271 2015 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Síntesis:
APRUEBA EN FORMA EXPERIMENTAL EL TRAYECTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE TIPO III EN DESARROLLO WEB Y PROGRAMACIÓN PARA PLATAFORMAS INTERACTIVAS - ESCUELA SUPERIOR DE ARTE MULTIMEDIAL LEONARDO DA VINCI - INCORPORA AL NOMENCLADOR GENERAL DE ACCIONES EL TRAYECTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL
Publicación:
26/06/2015
Sanción:
28/05/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.058, las Resoluciones Nros 2792-MEGC/10, 5556-MEGC/11,
3645-MEGC/12 y 1632- MEGC/13, el Expediente N° 5.006.733/13, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 tiene por objeto regular y
ordenar dicha modalidad educativa tanto en el nivel secundario y superior como en la
Formación profesional;
Que por Resolución N° 2792-MEGC/10 se aprueban los Criterios para la Definición de
Certificados y Títulos y el Planeamiento de la Oferta de Educación Técnico
Profesional;
Que las instituciones educativas de nivel secundario y de nivel superior se encuentran
habilitadas para desarrollar acciones de formación profesional;
Que la Resolución N° 5556-MEGC/11 aprueba el "Procedimiento para la Aprobación
de Trayectos Formativos, Itinerarios y Módulos de Formación Profesional Inicial y
Continua";
Que la misma aprueba la conformación de un equipo técnico para la determinación de
los criterios para la certificación de la oferta de formación profesional y la evaluación
de los trayectos de formación profesional inicial y continúa presentados por los
Centros de Formación Profesional y de las instituciones de educación de gestión
privada reconocidas;
Que, el equipo técnico mencionado, ha evaluado el Trayecto de Formación Profesional
de Tipo III en Desarrollo Web y Programación para plataformas interactivas,
presentado por la Escuela Superior de Arte Multimedial Leonardo Da Vinci incorporada
a la enseñanza oficial con la característica (A -1331);
Que por Resolución N° 3645-MEGC/12 se aprobaron los criterios para la evaluación
de propuestas institucionales y curriculares de los trayectos de formación profesional
inicial y continua;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 1632-MEGC/13,
Artículo 1.- Apruébase en forma experimental el Trayecto de Formación Profesional de
Tipo III en Desarrollo Web y Programación para plataformas interactivas, presentado
por Escuela Superior de Arte Multimedial Leonardo Da Vinci (A -1331) que como
Anexo I (IF-2015 08764546-DGCLEI), forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorpórese al Nomenclador General de Acciones, el Trayecto de
Formación Profesional presentado por la Escuela Superior de Arte Multimedial
Leonardo Da Vinci (A 1331), el que como Anexo II (IF- 2015-08764546-DGCLEI),
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3.- Autorízase su implementación en la Escuela Superior de Arte Multimedial
Leonardo Da Vinci, incorporada a la enseñanza oficial con la característica (A -1331).
Artículo 4.- Déjase constancia de que lo aprobado en el artículo 1 no lleva implícito el
derecho a percibir aporte gubernamental por parte del Ministerio de Educación del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos Aires.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense
las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales de
Planeamiento e Innovación Educativa, de Educación de Gestión Privada, de
Coordinación Legal e Institucional -Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones-, a
la Gerencia Operativa de Currículum, Dirección de Formación Técnico Superior, a la
Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y
Perfeccionamiento Docente y pase a la a la Gerencia Operativa de Educación y
Trabajo a efectos de posteriores trámites. Gírese a la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Gulmanelli
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4667