LEY 5289 2015

Síntesis:

MODIFICA LA LEY 1903 - INTEGRACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL ANTE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS: CUARENTA (40) FISCALES - CANTIDAD DE FISCALES - FISCALÍAS ESPECIALIZADAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO - MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Publicación:

07/07/2015

Sanción:

11/06/2015

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

02/07/2015

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modifícase el punto B. del ANEXO I de la Ley 1903 por el siguiente texto:

"B. Integración del Ministerio Público Fiscal ante los Juzgados de Primera Instancia en

lo Penal, Contravencional y de Faltas: Cuarenta (40) fiscales distribuidos según la

carga de trabajo, a criterio del fiscal general. Entre ellas, deben establecerse fiscalías

especializadas en violencia de género. Integración del Ministerio Público Fiscal ante

los Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario:

Cuatro (4) fiscales"

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5289, modifica el punto B. del ANEXO I de la Ley 1903.</p>
PROMULGADA POR