LEY 5289 2015
Síntesis:
MODIFICA LA LEY 1903 - INTEGRACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL ANTE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS: CUARENTA (40) FISCALES - CANTIDAD DE FISCALES - FISCALÍAS ESPECIALIZADAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO - MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Publicación:
07/07/2015
Sanción:
11/06/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
02/07/2015
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Modifícase el punto B. del ANEXO I de la Ley 1903 por el siguiente texto:
"B. Integración del Ministerio Público Fiscal ante los Juzgados de Primera Instancia en
lo Penal, Contravencional y de Faltas: Cuarenta (40) fiscales distribuidos según la
carga de trabajo, a criterio del fiscal general. Entre ellas, deben establecerse fiscalías
especializadas en violencia de género. Integración del Ministerio Público Fiscal ante
los Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario:
Cuatro (4) fiscales"
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez