RESOLUCIÓN 522 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN  - ARTERIAS - ASIGNA SENTIDO CIRCULATORIO - MANO ÚNICA -  TRAMOS - CALLES -  RÓMULO NAÓN -   ENTRE  CALLES MANUEL UGARTE Y  PEDRO I. RIVERA -  WASHINGTON - ENTRE  CALLE  PEDRO I. RIVERA Y AV. MONROE -  ASIGNA DOBLE  SENTIDO CIRCULATORIO - DOBLE MANO A CALLE PEDRO I. RIVERA - ENTRE  CALLES RÓMULO NAÓN Y WASHINGTON - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO - PROHÍBE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS JUNTO AL CORDÓN DE LA ACERA NO

Publicación:

15/07/2015

Sanción:

10/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

La Ley N° 2148, el Decreto N° 498/08; y

CONSIDERANDO:

Que la presente medida tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los habitantes

de la Ciudad en general y de los vecinos del barrio de Coghlan en particular, surgiendo

la necesidad de asignar sentido único de circulación a las calles Rómulo Naón, entre la

calle Manuel Ugarte y Dr. Pedro I. Rivera, de NO a SE, y Washington, entre la calle Dr.

Pedro I. Rivera y la Avenida Monroe, en idéntico sentido;

Que, al propio tiempo, es propicia la asignación de doble sentido circulatorio a la calle

Dr. Pedro I. Rivera, entre las calles Rómulo Naón y Washington, prohibiendo el

estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera NO, en dicho tramo

de arteria;

Que las medidas en cuestión, mejoran sustancialmente la seguridad y fluidez

circulatoria, en la zona de influencia bajo análisis;

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926);

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Articulo 1°.- Inclúyase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de 90

días a partir de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza

10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de

circulación, a los siguientes tramos de arterias:

Rómulo Naón, de NO a SE, entre las calles Manuel Ugarte y Dr. Pedro I. Rivera.

Washington, de NO a SE, entre la calle Dr. Pedro I. Rivera y la Avenida Monroe;

Articulo 2°.- Exclúyase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de 90

días a partir de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza

10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de

circulación, a la calle Dr. Pedro I. Rivera, entre las calles Rómulo Naón y Washington.

Artículo 3°.- Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de 90

días a partir de su implementación, el estacionamiento general de vehículos junto al

cordón de la acera NO, en la calle Dr. Pedro I. Rivera, entre las calles Rómulo Naón y

Washington;

Articulo 4°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Gerencia

Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito;

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de

Planificación de la Movilidad para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal

Argentina, Policía Metropolitana, y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes

de Control del Transito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y de Seguridad Vial.

Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del

Tránsito, dependiente de la Dirección General de Planificación de la Movilidad para su

implementación. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 522-SSTRANS-15, incluye en el TO del Decreto Ordenanza 10407-47, calles con sentido único de circulación a tramos de las calles, Rómulo Naón, entre   calles Manuel Ugarte y Pedro I. Rivera.<br />Washington, entre calle Dr. Pedro I. Rivera y Av. Monroe.</p><p>Art. 2, excluye del TO del Decreto Ordenanza 10407-47, tramo de la calle Pedro I. Rivera, entre las calles Rómulo Naón y Washington, y le asigna doble sentido circlatorio.</p>