DISPOSICIÓN 34 2002 DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN

Síntesis:

SE APRUÉBAN LOS PROYECTOS PRESENTADOS POR ORGANISMOS RESPONSABLES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE AUTOEMPLEO - APROBACIÓN DE PROYECTOS - PROYECTOS DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES - PAGO A BENEFICIARIOS - O.N.G.S - ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO DE ACTIVIDADES SOCIALES - CONSORCIO 2 DE BARRIO MITRE

Publicación:

10/12/2002

Sanción:

10/08/2002

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN


Vistos los Decretos Nros. 512/GCBA/2002; 674/GCBA/2001; la Disposición N° 28/DGEYCAP/2002 y,

CONSIDERANDO:

Que la presente se dicta en el marco de las responsabilidades primarias atribuidas a la Dirección General de Empleo y Capacitación por el Decreto N° 512/GCBA/2002;

Que por el Decreto N° 674/GCBA/2001 se aprobó y reglamentó el Programa de Autoempleo, estableciendo su implementación a través de proyectos presentados por Organizaciones no Gubernamentales, cuyos antecedentes institucionales sean verificados por la Dirección General de Empleo y Capacitación;

Que habiéndose analizado y evaluado los proyectos presentados por los Organismos Responsables que superaron las instancias de control formal mediante los instrumentos aprobados por Disposición N° 28/DGEYCAP/02 corresponde aprobar aquellos que satisfacen los estándares mínimos para su admisión, permitiendo asignar a los beneficiarios que se incluyan en los mismos la ayuda económica prevista en el Decreto N° 674/GCBA/2001;

Que el Decreto N° 674/GCBA/2001 facultó a la Dirección General de Empleo y Capacitación a otorgar una ayuda económica no remunerativa a personas desocupadas incluidas como beneficiarios de los proyectos aprobados;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 674/GCBA/2001;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE EMPLEO Y CAPACITACION

DISPONE:

Artículo 1° - Apruébanse los proyectos correspondientes al Programa de Autoempleo, presentados por los organismos Responsables registrados en la Dirección General de Empleo y Capacitación con fecha de inicio al 1° de agosto del corriente año, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 2° - Apruébanse los proyectos correspondientes al Programa de Autoempleo, presentados por los organismos Responsables registrados en la Dirección General de Empleo y Capacitación con fecha de inicio al 1° de septiembre del corriente año, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 3° - Los Organismos Responsables asumirán el compromiso de ejecución de los proyectos aprobados según lo definido en la presentación de los mismos. Los proyectos serán supervisados por la DGEYCAP, según los criterios establecidos en la normativa vigente.

Artículo 4° - Aféctese a la partida 6513 - 562 - 5.1.4. (Cód. 200152), el monto destinado al pago en carácter de Ayuda Solidaria a Personas a los beneficiarios a incluirse en los proyectos aprobados que constan en el Anexo I, por pesos ocho mil seiscientos ($ 8.600), los que se debitarán mensualmente de acuerdo a las Disposiciones de Pago que emita la Dirección General de Empleo y Capacitación.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Desarrollo Económico y notifíquese a los Organismos Responsables. Cumplido archívese. Pérez


ANEXOS

ANEXO

Nombre del proyecto Organismo presentante Fecha de inicio Duración Benef. Monto Programa
1 Acondicionamiento del circuito turístico Asociación Civil Centro de Actividades Sociales 1°/8/02 4 meses 4 3.200 Autoempleo

Nombre del proyecto Organismo presentante Fecha de inicio Duración Benef. Monto Programa
1 Producción de artículos de limpieza Consorcio N° 2 - Barrio Mitre 1°/9/02 3 meses 9 5.400 Autoempleo