RESOLUCIÓN 557 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MODIFICACIÓN SENTIDO CIRCULATORIO - TRAMOS DE ARTERIAS - EINSTEIN -  DESDE LA CALZADA - AV. AMANCIO ALCORTA HASTA  CALLE BEAZLEY - CALLE JOSÉ C PAZ - DESDE IGUAZÚ HASTA  ZAVALETA - MANO ÚNICA - PRORROGA LA RESOLUCIÓN 309-SSTRANS-15  

Publicación:

31/07/2015

Sanción:

24/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

La Resolución N° 309/SSTRANS/2015; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 309/SSTRANS/2015 se incluyó, con carácter experimental y

por el término de 90 días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M.

8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, a los

siguientes tramos de arterias: Einstein, Alberto, desde la calzada SE de la avenida

Amancio Alcorta hasta la calle Beazley, de SE a NO; y Paz, José C., desde la calle

Iguazú hasta la calle Zavaleta, de O a E.;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en los sectores aludidos en

el considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad

vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUEVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°

309/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires se expida sobre la misma, relativa al otorgamiento de sentido único de

circulación, a los siguientes tramos de arterias: Einstein, Alberto, desde la calzada SE

de la avenida Amancio Alcorta hasta la calle Beazley, de SE a NO; y Paz, José C.,

desde la calle Iguazú hasta la calle Zavaleta, de O a E.-

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la

Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y

de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 557-SSTRANS-15, prorroga por el término de noventa 90 días corridos la Resolución 309-SSTRANS-15. </p>