RESOLUCIÓN 559 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ASIGNACIÓN DE SENTIDO CIRCULATORIO -  TRAMOS DE ARTERIAS -  COCHRANE ENTRE EL CRUCE DE  CALLE CONCORDIA - COLECTORA DE AV. GRAL PAZ Y LLAVALLOL  -  CALLE  LLAVALLOL -  ENTRE   CALLE COCHRANE Y LA COLECTORA SUR DE LA AV. GRAL PAZ  - MANO ÚNICA - PRORROGA LA RESOLUCIÓN  251-SSTRANS-15  

Publicación:

31/07/2015

Sanción:

24/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Resolución N° 251/SSTRANS/2015; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 2515/SSTRANS/2015 se invirtió el sentido de circulación,

con carácter experimental y por el término de 90 días, en las disposiciones del

Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con

sentido único de circulación, de los siguientes tramos de arterias: Cochrane entre el

cruce de la calle Concordia - colectora de Av. Gral Paz y Llavallol de SO a NE; y

Llavallol entre la calle Cochrane y la colectora sur de la Av. Gral Paz se SE a NO.;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en los sectores aludidos en

el considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad

vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUEVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°

251/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de sentido único de

circulación, a los siguientes tramos de arterias: Cochrane entre el cruce de la calle

Concordia - colectora de Av. Gral Paz y Llavallol de SO a NE; y Llavallol entre la calle

Cochrane y la colectora sur de la Av. Gral Paz se SE a NO.

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la

Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y

de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 559-SSTRANS-15, prorroga por el término de noventa,90, días corridos la Resolución 251-SSTRANS-15.</p>