RESOLUCIÓN 569 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA RESOLUCIÓN 255-SSTRANS-15 - TÉRMINO DE NOVENTA 90 DÍAS CORRIDOS - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - AMBAS ACERAS - DURANTE LAS 24 HS - AVENIDA DE LOS OMBÚES - SENTIDO ÚNICO Y DOBLE DE CIRCULACIÓN - BARRIO DE PALERMO - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE 

Publicación:

31/07/2015

Sanción:

27/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Resolución N° 183/SSTRANS/2015; y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución N° 183/SSTRANS/2015 se permitió, con carácter experimental

y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el

estacionamiento general de vehículos junto a ambas aceras de cada calzada, durante

las 24 hs. en la Avenida De los Ombúes, entre Avenida Figueroa Alcorta y la Avenida

Leopoldo Lugones, así como también, se asignó sentido único y doble de circulación a

diversas arterias del barrio de palermo, por idéntico plazo;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular y a atender a la demanda de

estacionamiento en los sectores aludidos en el considerando precedente,

contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo cual aconseja disponer

la pertinente prórroga.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUEVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°

255/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires se expida sobre la misma, relativa a la permisión de estacionamiento general de

vehículos junto a ambas aceras de cada calzada, durante las 24 hs. en la Avenida De

los Ombúes, entre Avenida Figueroa Alcorta y la Avenida Leopoldo Lugones, así como

también, se asignó sentido único y doble de circulación a diversas arterias del barrio

de palermo.

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la

Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y

de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 569-SSTRANS-15 prorroga por el término de noventa 90 días corridos la Resolución 255-SSTRANS-2015.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 639-SSTRANS-15, deja sin efecto la Resolución 567-SSTRANS-15.</p>