DECRETO 1643 2002

Síntesis:

RATIFICA EL ACTA COMPLEMENTARIA N° 19 DEL CONVENIO DE LA TRANSFERENCIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS NACIONALES, QUE DEJA SIN EFECTO LA TRANSFERENCIA A LA CIUDAD DE LAS FACULTADES Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE GESTIÓN PRIVADA LLAMADO SECCIÓN POST PRIMARIA DEL INSTITUTO ERNA S.R.L. Y HACE REFERENCIA A LA TRANSFERENCIA DEL MISMO SERVICIO A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y AL PAGO DE LOS GASTOS DE LA PLANTA FUNCIONAL.

Publicación:

12/12/2002

Sanción:

03/12/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 15.715/01, el Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y,

CONSIDERANDO:

Que por el citado Convenio se efectuó la transferencia de los Servicios Educativos Nacionales a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que con fecha 1° de Septiembre de 2000, se suscribió entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Educación, Licenciado Daniel Filmus, y el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el entonces señor Secretario de Educación Básica, Licenciado Andrés Guillermo Delich, el Acta Complementaria N° 19, la que tuvo por objeto dejar sin efecto la transferencia a la Ciudad de Buenos Aires de las facultades y funciones del Servicio de Gestión Privada denominado Sección Post Primaria del Instituto Erna S.R.L. (A-826), en razón de estar ubicado dicho establecimiento en la Provincia de Buenos Aires (calle Humberto Illia 14241 de la localidad de Del Viso, Partido de Pilar, de la mencionada provincia);

Que a su vez, la mentada Acta, se suscribió a fin de que la Nación pueda transferir sus facultades y funciones sobre el Servicio de Gestión Privada antes mencionado a la Provincia de Buenos Aires;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del presente acto en orden a dar culminación al trámite mediante la correspondiente registración del Acta mencionada;

Que, el referido instrumento se suscribe ad referendum de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo establecido en el Art. 80, Inc. 8, de nuestra Carta Magna Local;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° Ratifíquese el Acta Complementaria N° 19 referente al Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, la cual obra como Anexo y forma parte integrante del presente Decreto, celebrada el 1° de septiembre de 2000, entre la Secretaría de Educación Básica del Ministerio de Educación de la Nación y la Secretaría de Educación de este Gobierno.

Artículo 2° El Acta mencionada en el artículo anterior se suscribe ad referendum de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo establecido en el Art. 80, inc. 8, de nuestra Carta Magna local.

Artículo 3° El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y remítase a la Secretaría de Educación para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. IBARRA - Filmus - Pesce - Fernández

En la Ciudad de Buenos Aires, al 1° día del mes de septiembre del año 2000 se reúnen el señor Secretario de Educación Básica del Ministerio de Educación de la Nación, Licenciado Andrés Guillermo Delich, en adelante LA NACION y el señor Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Licenciado Daniel Filmus, en adelante LA CIUDAD para celebrar la presente Acta Complementaria al Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante EL CONVENIO, celebrado el 19 de febrero de 1992, de acuerdo con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: A partir del día de la fecha, y en razón de estar ubicado en la Provincia de Buenos Aires, se deja sin efecto la transferencia a LA CIUDAD de las facultades y funciones del Servicio de Gestión Privada denominado Sección Post Primaria del Instituto Erna S.R.L. (A-826), en adelante el Servicio, que funciona en la calle Humberto Illia 14.241 de la localidad de Del Viso, Partido de Pilar de la mencionada provincia.

SEGUNDA: Las partes declaran que dicha Sección Post Primaria, anexa al Instituto Erna S.R.L. (A-826), fue reconocida por Resolución de la entonces Superintendencia Nacional de la Enseñanza Privada N° 1.087 del 6 de agosto de 1993, cuya copia integra el Anexo I que forma parte de la presente Acta, con anterioridad a que fuera transferida juntamente con el citado Instituto, en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Primera de EL CONVENIO y según consta a fojas 26 del Anexo I del mismo.

TERCERA: Las partes declaran también que la presente Acta se suscribe a fin de que LA NACION pueda transferir en el día de la fecha sus facultades y funciones sobre el Servicio a la Provincia de Buenos Aires. A tales efectos la Dirección General de Educación y Gestión Privada de LA CIUDAD entregará directamente la documentación correspondiente a la Dirección de Educación de Gestión Privada de la Provincia de Buenos Aires.

CUARTA: Hasta que la Provincia de Buenos Aires esté en condiciones de regularizar la liquidación y pago del aporte estatal otorgado con anterioridad a la sanción de la Ley N° 24.049, LA NACION atenderá directamente los gastos de la Planta Funcional del Servicio, actualizada al 15 de septiembre de 1993 según consta en los Anexos II y III que forman parte de la presente Acta, con fondos provenientes de la aplicación del artículo 14 de la mencionada Ley, comunicando a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía el monto total afectado desde el 1° de marzo de 2000 para deducirlo de futuras transferencias al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

QUINTA: El Doctor Carlos José Galli, apoderado del Instituto Erna S.R.L. (A-826) y presente en este acto, presta su aprobación a lo pactado precedentemente.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra indicados. Filmus (por G.C.A.B.A.) - Delich (por Ministerio de Educación de la Nación)


ANEXOS

ACTA COMPLEMENTARIA N° 19
AL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS NACIONALES AL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

En la Ciudad de Buenos Aires, al 1° día del mes de septiembre del año 2000 se reúnen el señor Secretario de Educación Básica del Ministerio de Educación de la Nación, Licenciado Andrés Guillermo Delich, en adelante LA NACION y el señor Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Licenciado Daniel Filmus, en adelante LA CIUDAD para celebrar la presente Acta Complementaria al Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante EL CONVENIO, celebrado el 19 de febrero de 1992, de acuerdo con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: A partir del día de la fecha, y en razón de estar ubicado en la Provincia de Buenos Aires, se deja sin efecto la transferencia a LA CIUDAD de las facultades y funciones del Servicio de Gestión Privada denominado Sección Post Primaria del Instituto Erna S.R.L. (A-826), en adelante el Servicio, que funciona en la calle Humberto Illia 14.241 de la localidad de Del Viso, Partido de Pilar de la mencionada provincia.

SEGUNDA: Las partes declaran que dicha Sección Post Primaria, anexa al Instituto Erna S.R.L. (A-826), fue reconocida por Resolución de la entonces Superintendencia Nacional de la Enseñanza Privada N° 1.087 del 6 de agosto de 1993, cuya copia integra el Anexo I que forma parte de la presente Acta, con anterioridad a que fuera transferida juntamente con el citado Instituto, en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Primera de EL CONVENIO y según consta a fojas 26 del Anexo I del mismo.

TERCERA: Las partes declaran también que la presente Acta se suscribe a fin de que LA NACION pueda transferir en el día de la fecha sus facultades y funciones sobre el Servicio a la Provincia de Buenos Aires. A tales efectos la Dirección General de Educación y Gestión Privada de LA CIUDAD entregará directamente la documentación correspondiente a la Dirección de Educación de Gestión Privada de la Provincia de Buenos Aires.

CUARTA: Hasta que la Provincia de Buenos Aires esté en condiciones de regularizar la liquidación y pago del aporte estatal otorgado con anterioridad a la sanción de la Ley N° 24.049, LA NACION atenderá directamente los gastos de la Planta Funcional del Servicio, actualizada al 15 de septiembre de 1993 según consta en los Anexos II y III que forman parte de la presente Acta, con fondos provenientes de la aplicación del artículo 14 de la mencionada Ley, comunicando a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía el monto total afectado desde el 1° de marzo de 2000 para deducirlo de futuras transferencias al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

QUINTA: El Doctor Carlos José Galli, apoderado del Instituto Erna S.R.L. (A-826) y presente en este acto, presta su aprobación a lo pactado precedentemente.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra indicados. Filmus (por G.C.A.B.A.) - Delich (por Ministerio de Educación de la Nación)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
Artículo 1 de la Ley 1223, aprueba el Acta Complementaria N° 19, ratificado por Decreto 1643.