RESOLUCIÓN 652 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA RESOLUCIÓN 79-SSPLYCG-15 - 90 DÍAS CORRIDOS - ASIGNACIÓN DE SENTIDO ÚNICO A LAS CALLES - FERNÁNDEZ ENCISO - GUALEGUAYCHÚ - ASUNCIÓN - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE  

Publicación:

24/08/2015

Sanción:

19/08/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Resolución N° 79/SSPLYCG/2015; y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución N° 79/SSPLYCG/2015 se invirtió, con carácter experimental y

por el término de 90 días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M.

8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, el sentido

de circulación a las calles: Fernández de Enciso entre las calles Ricardo Gutiérrez y

Mercedes de S a N; Gualeguaychú entre las calles Asunción y Ricardo Gutiérrez de

NO a SE; Asunción entre las calles Ricardo Gutiérrez a Gualeguaychú de SO a NE;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el

considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad

vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga;

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUEVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°

79/SSPLYCG/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de sentido único de

circulación, a las calles: Fernández de Enciso entre las calles Ricardo Gutiérrez y

Mercedes de S a N; Gualeguaychú entre las calles Asunción y Ricardo Gutiérrez de

NO a SE; Asunción entre las calles Ricardo Gutiérrez a Gualeguaychú de SO a NE.

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la

Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y

de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art 1 de la Resolución 652-SSTRANS-15, prorroga por 90 días lo dispuesto por la Resolución 79-SSPLYGC.</p>