RESOLUCIÓN 506 2015 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES - OBRAS MENORES - DEROGA RESOLUCIÓN DGAC 213-08 - ANEXO I - MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA - PODER JUDICIAL - DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD
Publicación:
25/08/2015
Sanción:
13/08/2015
Organismo:
DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley N° 13064, la Ley N°
1903, la Resolución DGAC N° 213/08 y el Expediente N: DLyT-275/15-0;
CONSIDERANDO:
I.- Que, el artículo N°124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que el Ministerio Público posee autonomía funcional y autarquía dentro del
Poder Judicial;
II. Que la Ley N° 1903, en su artículo 18 establece que "la Fiscalía General, la
Defensoría General y la Asesoría General Tutelar, cada una en su respectivo ámbito,
tiene a su cargo el gobierno y la administración del Ministerio Público.";
III. Que el artículo 22, inciso 1° de la citada Ley N° 1903 dispone que la Fiscalía
General, la Defensoría General y la Asesoría General Tutelar, cada una en su
respectivo ámbito, a los efectos de la aplicación de las facultades de administración
que le corresponden, podrán dictar reglamentos de organización funcional, de
personal, disciplinarios y todos los demás que resultaren necesarios para el más
eficiente y eficaz cumplimiento de las misiones y funciones encomendadas al
Ministerio Público por la Constitución de la Ciudad y las leyes, en tanto no resulten
contradictorios con los principios generales de los reglamentos del Poder Judicial;
IV. Que asimismo en su inciso 2° determina que cada uno de sus ámbitos posee la
atribución de realizar contrataciones para la administración del Ministerio Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta un monto de QUINIENTAS MIL unidades de
compra (500.000.-);
V. Que en el ámbito del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
conformidad con la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70, y al no haberse
sancionado una Ley de Obra Pública propia de la jurisdicción, se aplica en la materia
la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064;
VI. Que, a los fines de darle agilidad y celeridad a las obras de menor cuantía
encuadradas en el marco de la Ley de Obra Pública, mediante Resolución DGAC N°
213/08 se aprobó en el ámbito de este Ministerio Público, el Procedimiento General de
Obra Menor, el cual resulta aplicable en aquellas contrataciones cuyo objeto se detalla
en el artículo 1° de la Ley Nacional de Obras Públicas (N°13.064) y presentan como
presupuesto oficial una suma menor a CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra;
VII. Que, habiendo transcurrido más de siete años de la sanción de aquel
procedimiento, se presenta la necesidad de actualizar el régimen vigente, elevando el
tope dispuesto a TRESCIENTAS MIL (300.000) unidades de compras;
VIII. Que, sin perjuicio del incremento en el monto máximo de contratación, resulta
apropiado que este Ministerio Público de la Defensa cuente con un cuerpo normativo,
integrado por directivas generales que permitan ordenar el procedimiento de
contratación en todas sus etapas: selección del contratista, adjudicación, contratación
y ejecución de la obra;
IX.- Que consecuentemente con lo expuesto, corresponde aprobar un PLIEGO UNICO
DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA OBRAS MENORES, que garantice
un mayor nivel de seguridad y certeza jurídica en el sistema de contratación y
ejecución de obras que registren un presupuesto oficial inferior a TRESCIENTAS MIL
(300.000) UNIDADES DE COMPRA;
X.- Que, por lo tanto resulta conveniente y oportuno derogar la Resolución DGAC N°
213/08 y su Anexo I;
XI. Que la Subsecretaria General de Legal y Técnica ha emitido el Dictamen N° 48/15,
en los términos del art. 7 inciso d) de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado
por Decreto N° 1510/97, pronunciándose favorablemente respecto al proyecto
propuesto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124 y 125 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la Ley N° 1.903, y el
Decreto N° 1510/97;
1°.- APROBAR el PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA
OBRAS MENORES, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
2°.- DEROGAR la Resolución DGAC N° 213/08 y su Anexo I.
3°.- REGÍSTRESE, protocolícese, publíquese, comuníquese y, oportunamente,
archívese. Corti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4707