RESOLUCIÓN 3299 2015 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

AD REFERENDUM APROBACIÓN JEFE DE GOBIERNO - CREACIÓN ESCUELA INFANTIL 11 - DE 4 - SITO EN TOMÁS ESPORA Y AV. ALMIRANTE BROWN - 28 -VEINTIOCHO SECCIONES NIÑOS Y NIÑAS DE 45 CUARENTA Y CINCO DÍAS A 5 CINCO AÑOS - HORARIO 07.30 A 18.30 HS. - MATRÍCULA -  APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - POF - NIVEL INICIAL - JARDINES DE INFANTES - PRIORIDAD ENTRE LOS HIJOS DE EMPLEADOS - AGENTES - DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - QUE PRESTEN SERVICIOS -EN EL EDIFICIO CANALE -EX FÁBRICA CANALE - SITO EN AVENIDA MARTÍN GARCÍA 346 - PARQUE LEZAMA - MINISTERIOS - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - DESARROLLO URBANO - MODERNIZACIÓN - SINDICATURA GENERAL - INSTITUTO DE VIVIENDA - DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO

Publicación:

10/09/2015

Sanción:

31/08/2015

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Expediente Electrónico N° 20.265.661-MGEYA-DGEGE/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus artículos 23 y 24,

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la

ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad

justa y democrática; asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el

acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo; respeta el derecho

individual de los educandos, de los padres o tutores, a la elección de la orientación

educativa según sus convicciones y preferencias; asume la responsabilidad

indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal laica y gratuita en

todos los niveles y modalidades, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta

completar diez años de escolaridad, o el período mayor que la legislación determine;

Que la Ley N° 114 tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas,

niños y adolescentes, y en lo atinente a la formación integral establece que los niños,

niñas y adolescentes tienen derecho a la educación con miras a su desarrollo integral,

su preparación para el ejercicio de la ciudadanía, su formación para la convivencia

democrática y el trabajo, garantizándoles el disfrute de los valores culturales, la

libertad de creación y el desarrollo máximo de las potencialidades individuales;

Que es objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la

garantía de escolaridad, expandiendo la red escolar, creando escuelas para asegurar

la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del

Sistema Educativo;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha iniciado un proceso de

traslado de numerosas dependencias oficiales al sur de la ciudad;

Que en este marco las carteras que funcionan en diferentes edificios del microcentro,

tales como el Ministerio de Desarrollo Urbano, el Ministerio de Ambiente y Espacio

Público, el Ministerio de Modernización, la Sindicatura General de la Ciudad, el

Instituto de la Vivienda de la Ciudad, la Dirección General de Registro de Obras y

Catastro, se mudarán a la avenida Martín García 346, al inmueble de la ex fábrica

Canale, frente al parque Lezama;

Que en el llamado Edificio del Plata funciona un Jardín Maternal que atiende a los

hijos de los empleados del Gobierno de la Ciudad que prestan servicio en las

reparticiones indicadas en el considerando anterior, por lo que a efectos de asegurar la

continuidad del servicio resulta necesario crear una Escuela Infantil para niños de 45

días a 5 años;

Que se propicia la creación de un establecimiento de Educación Inicial, destinado a

niños de 45 (cuarenta y cinco) días a 5 (cinco) años de edad, que bajo la

denominación de Escuela Infantil N° 11 Distrito Escolar 4° Comuna 4, habrá de

funcionar en el inmueble sito en Coronel de Marina Tomás Espora y Avenida Almirante

Brown de esta Ciudad, en el horario de 7,30 a 18,30 hs. contando con un total de 28

(veintiocho) secciones;

Que la erogación que demande la puesta en marcha y funcionamiento de la nueva

unidad educativa que se crea, cuenta con reflejo presupuestario; Que se encuentra

establecida la Planta Orgánica Funcional con que funcionará la institución;

Que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica ha tenido

intervención;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

El MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Créase, ad-referéndum de la aprobación del Sr. Jefe de Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Escuela Infantil N° 11 Distrito Escolar 4°

Comuna 4, que funcionará en el inmueble sito en Coronel de Marina Tomás Espora y

Avenida Almirante Brown, de esta Ciudad en el horario de 7,30 a 18,30 hs. y contará

con un total de 28 (veintiocho) secciones, destinada a niños y niñas de 45 (cuarenta y

cinco) días a 5 (cinco) años.

Artículo 2.- Créase la Planta Orgánico Funcional, cuyo detalle obra en el Anexo (IF-

2015-22165469-DGCLEI), que a todos sus efectos forma parte integrante de esta

Resolución.

Artículo 3.- Establécese que la capacidad de la matrícula total será distribuida en

forma prioritaria, entre los hijos de los empleados del Gobierno de la Ciudad que

prestan servicio en el inmueble de la ex fábrica Canale sito en Avenida Martín García

346, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, frente al Parque Lezama.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión

Educativa y Coordinación Pedagógica (Dirección General de Educación de Gestión

Estatal - Dirección de Educación Inicial), de Gestión Económico, Financiera y

Administración de Recursos (Dirección General de Administración de Recursos) y de

Políticas Educativas y Carrera Docente (Dirección General de personal Docente y No

Docente). Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4719

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 406-17 ratifica la Resolución 3299–MEGC-15.</p>