LEY 931 2002
Síntesis:
APRUEBA CONVENIO DE COMPLEMENTARIEDAD DE SERVICIOS - MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - CUMPLIMIENTO DE LA LEY NACIONAL DE TRÁNSITO - LEY 24449 - FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO - INFRACCIONES DE TRÁNSITO - COMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS - INFORMACIÓN - NÓMINA DE PERSONAS INHABILITADAS PARA CONDUCIR VEHÍCULOS - RESULTADOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR - LICENCIAS DE CONDUCIR - ANTECEDENTES DE TRÁNSITO - SUMINISTRO DE OBLEAS - TITULARES DE DOMINIO DE AUTOMÓVILES - FORMULARIOS - ENTE COOPERADOR - CREACIÓN DE COMISIÓN EJECUTIVA MIXTA
Publicación:
17/12/2002
Sanción:
14/11/2002
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
11/12/2002
Artículo 1° Aprúebase el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia de la Nación con fecha 12 de diciembre de 1997, cuya copia certificada obra como anexo de la presente Ley.
Artículo 2° Comuníquese, etc.FELGUERAS - Alemany
En virtud de lo prescripto en el Art. 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8d del Decreto Nd 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley Ng 931, (Expediente Nd 4.117/J/01), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 14 de noviembre de 2002, ha quedado automáticamente promulgada el día 11 de diciembre de 2002.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Secretaría Obras y Servicios Públicos.TADEI