LEY 5337 2015
Síntesis:
ÁRBOL TALA - DECLARA AL TALA COMO ESPECIE REPRESENTATIVA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES POR SU CARÁCTER AUTÓCTONO Y VALOR HISTÓRICO - PRESERVACIÓN - PLANTÍO DE EJEMPLARES - PARQUES - PLAZAS - PROHIBICIÓN DE PODAS - CORTES - ESPECIES ARBÓREAS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
15/09/2015
Sanción:
06/08/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/09/2015
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1°.- Declárase al Tala (Celtis ehrenbergiana antes conocido como Celtis tala y
también como ivirá guasú o yuasí --), "Especie representativa de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires" por su carácter autóctono y valor histórico.
Art. 2°.- En virtud del Artículo 1° de la presente, se establece la obligación de preservar
los ejemplares existentes, la prioridad de plantar ejemplares en plazas, parques y
áreas parquizadas públicas y la prohibición de podarlos o extraerlos, en concordancia
con la Ley 3263. Asimismo, queda establecida su difusión en el ámbito educativo.
Art. 3 °.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 10 de septiembre de 2015
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.337 (Expediente Electrónico N°
21.377.042/MGEYA-DGALE/15), sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 6 de agosto de 2015 ha quedado
automáticamente promulgada el día 1 de septiembre de 2015.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Clusellas